/ martes 3 de julio de 2018

Nuevo fallo de Suprema Corte favorece a Cuauhtémoc Blanco

Se determinó que el decreto por el que se expidió no fue refrendado por el Secretario del ramo

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó un acuerdo emitido por el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje que ordenó destituir al ahora virtual gobernador de Morelos, Cuauhtémoc Blanco, así como a los presidentes municipales de, Temoac y Jojutla.

En sesión de este martes, los ministros abordaron el decreto por el que se expidió la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, en su texto original publicado el 6 de septiembre de 2000, indicando que este no fue refrendado por el Secretario del ramo, lo que se traduce en un vicio del proceso legislativo, que trajo por consecuencia la invalidez de su artículo 124, fracción II.

Recordó que el artículo 124, fracción II de ese ordenamiento faculta al Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje de Morelos (TECAM) para castigar las infracciones a esa ley que no tuvieren establecida otra sanción, así como la desobediencia a las resoluciones del propio TECAM, con la destitución del infractor.

El 6 de mayo y el 14 de septiembre de 2016, así como el 22 de marzo de 2017, se acordó la destitución de los Presidentes Municipales de Jojutla, Temoca y Cuernavaca, Morelos, respectivamente.

Inconformes con tal determinación, los municipales acudieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a presentar controversias constitucionales, en las que impugnaron el artículo 124, fracción II de la ley aludida, así como los mencionados decretos de destitución.

Al respecto, el Pleno de la SCJN determinó que el decreto por el que se expidió, no fue refrendado por el Secretario del ramo, que en aquel momento era el Secretario de Desarrollo, sino que únicamente fue firmado por el Gobernador y el Secretario de Gobierno.

Lo anterior se traduce en un vicio del proceso legislativo, por lo que la Corte, invalidó también el acuerdo emitido por el TECAM, por el que destituyó a los Presidentes Municipales aludidos.

Por otra parte, la Corte no hizo pronunciamiento respecto de la situación fáctica de los presidentes municipales, ya que en su momento se concedieron las suspensiones en las controversias constitucionales, para el efecto de que no se ejecutarán las resoluciones impugnadas, hasta en tanto se resolviera el fondo de las controversias constitucionales.

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó un acuerdo emitido por el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje que ordenó destituir al ahora virtual gobernador de Morelos, Cuauhtémoc Blanco, así como a los presidentes municipales de, Temoac y Jojutla.

En sesión de este martes, los ministros abordaron el decreto por el que se expidió la Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos, en su texto original publicado el 6 de septiembre de 2000, indicando que este no fue refrendado por el Secretario del ramo, lo que se traduce en un vicio del proceso legislativo, que trajo por consecuencia la invalidez de su artículo 124, fracción II.

Recordó que el artículo 124, fracción II de ese ordenamiento faculta al Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje de Morelos (TECAM) para castigar las infracciones a esa ley que no tuvieren establecida otra sanción, así como la desobediencia a las resoluciones del propio TECAM, con la destitución del infractor.

El 6 de mayo y el 14 de septiembre de 2016, así como el 22 de marzo de 2017, se acordó la destitución de los Presidentes Municipales de Jojutla, Temoca y Cuernavaca, Morelos, respectivamente.

Inconformes con tal determinación, los municipales acudieron ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a presentar controversias constitucionales, en las que impugnaron el artículo 124, fracción II de la ley aludida, así como los mencionados decretos de destitución.

Al respecto, el Pleno de la SCJN determinó que el decreto por el que se expidió, no fue refrendado por el Secretario del ramo, que en aquel momento era el Secretario de Desarrollo, sino que únicamente fue firmado por el Gobernador y el Secretario de Gobierno.

Lo anterior se traduce en un vicio del proceso legislativo, por lo que la Corte, invalidó también el acuerdo emitido por el TECAM, por el que destituyó a los Presidentes Municipales aludidos.

Por otra parte, la Corte no hizo pronunciamiento respecto de la situación fáctica de los presidentes municipales, ya que en su momento se concedieron las suspensiones en las controversias constitucionales, para el efecto de que no se ejecutarán las resoluciones impugnadas, hasta en tanto se resolviera el fondo de las controversias constitucionales.

Finanzas

Entregan más de tres millones de pesos en apoyos PACMyC

Los programas abarcan rescate de lenguas nacionales indígenas y en español, arte popular tradicional, prácticas sociales, entre otros

Local

Avala Zacatecas reformas de seguridad y cuidado animal

Por unanimidad, los integrantes de la LXVI Legislatura votaron a favor

Círculos

Zacatecanos festejan a la santa patrona de los músicos

En la Plazuela del Vivac se ofreció una misa en honor a Santa Cecilia

Doble Vía

Se acerca La Niña; así afectará este fenómeno a Zacatecas

El fenómeno de La Niña, un evento climático que altera los patrones meteorológicos a nivel global,

Local

Zacatecas ocupa el lugar 12 en capacidad del sistema penal

México Evalúa coloca a la entidad en un rango medio a nivel nacional

Cine

'Wicked' y 'Gladiador 2' inician su batalla en taquilla

Se prevé que las ventas combinadas alcancen los 215 millones de dólares hasta el domingo