/ miércoles 22 de agosto de 2018

Corte declara que posesión simple de marihuana aún te llevará a la cárcel

Desecharon un proyecto de la ministra Norma Lucía quien considera la pena "cruel e inhumana"

Ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declararon constitucional la sanción de hasta 3 años de prisión por posesión simple de marihuana sin fines de distribución, por lo que desecharon el proyecto de sentencia de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien consideraba que la pena de cárcel, para el caso de la mariguana, es una medida “cruel e inhumana”, además de innecesaria y desproporcionada.

Al momento de la votación, fueron los ministros Alfredo Gutiérrez, José Ramón Cossío y Jorge Pardo, lo que votaron en contra y solo Arturo Zaldivar apoyo la propuesta de Piña Hernández.

El caso se deriva del amparo que fue promovido por Jesús Ortiz Cutz, detenido en Yucatán en 2013 en posesión de 34.4 gramos de mariguana y condenado a diez meses de prisión, por lo que impugnó la constitucionalidad del artículo 477 de la Ley General de Salud que sanciona con hasta tres años de cárcel el delito de posesión simple de narcóticos.

Foto Cuartoscuro

La ministra ponente, Norma Lucia Piña sostenía que si lo que se pretende es que las personas cuya voluntad está debilitada dañen su salud por consumir drogas, como los farmacodependientes o consumidores problemáticos, “la pena (de cárcel) es una medida no sólo cruel e inhumana, sino manifiestamente innecesaria y desproporcionada”, porque lo indicado es la provisión de medidas sociales, terapéuticas y sanitarias adecuadas.

En este sentido, recalca que es la persona adulta y capaz la única que tiene derecho a ponderar la importancia relativa de sus bienes básicos, como su salud, frente a otros intereses que desde su perspectiva pudieran ser más relevantes para su plan de vida.

Foto Cuartoscuro

En caso de que se hubiera aprobado el proyecto de la ministra Piña, autoridades judiciales indicaron que esto abriría la puerta a personas que cometen delitos más graves relacionados con el tráfico de drogas lo que hubiera sentado un precedente de la Corte contra la tipificación penal de la posesión de drogas.

El caso será returnado a uno de estos Ministros para un nuevo proyecto, en el que podrían declarar que el artículo 477 es Constitucional, o negar el amparo por alguna cuestión técnica, sin hacer pronunciamiento sobre el delito de posesión.

Ministros de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, declararon constitucional la sanción de hasta 3 años de prisión por posesión simple de marihuana sin fines de distribución, por lo que desecharon el proyecto de sentencia de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien consideraba que la pena de cárcel, para el caso de la mariguana, es una medida “cruel e inhumana”, además de innecesaria y desproporcionada.

Al momento de la votación, fueron los ministros Alfredo Gutiérrez, José Ramón Cossío y Jorge Pardo, lo que votaron en contra y solo Arturo Zaldivar apoyo la propuesta de Piña Hernández.

El caso se deriva del amparo que fue promovido por Jesús Ortiz Cutz, detenido en Yucatán en 2013 en posesión de 34.4 gramos de mariguana y condenado a diez meses de prisión, por lo que impugnó la constitucionalidad del artículo 477 de la Ley General de Salud que sanciona con hasta tres años de cárcel el delito de posesión simple de narcóticos.

Foto Cuartoscuro

La ministra ponente, Norma Lucia Piña sostenía que si lo que se pretende es que las personas cuya voluntad está debilitada dañen su salud por consumir drogas, como los farmacodependientes o consumidores problemáticos, “la pena (de cárcel) es una medida no sólo cruel e inhumana, sino manifiestamente innecesaria y desproporcionada”, porque lo indicado es la provisión de medidas sociales, terapéuticas y sanitarias adecuadas.

En este sentido, recalca que es la persona adulta y capaz la única que tiene derecho a ponderar la importancia relativa de sus bienes básicos, como su salud, frente a otros intereses que desde su perspectiva pudieran ser más relevantes para su plan de vida.

Foto Cuartoscuro

En caso de que se hubiera aprobado el proyecto de la ministra Piña, autoridades judiciales indicaron que esto abriría la puerta a personas que cometen delitos más graves relacionados con el tráfico de drogas lo que hubiera sentado un precedente de la Corte contra la tipificación penal de la posesión de drogas.

El caso será returnado a uno de estos Ministros para un nuevo proyecto, en el que podrían declarar que el artículo 477 es Constitucional, o negar el amparo por alguna cuestión técnica, sin hacer pronunciamiento sobre el delito de posesión.

Doble Vía

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