Esta semana, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá si la Ley de la Fiscalía General de la República (FGR) que impulsó el fiscal Alejandro Gertz Manero debe permanecer vigente o no.
El asunto se resolverá a casi dos años de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) presentó una acción de inconstitucionalidad para frenar la aplicación de dicha norma por considerar que no protege las garantías básicas de las víctimas.
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Originalmente, el tema sería tratado por la Corte en la sesión ordinaria del jueves pasado, sin embargo, debido a que las ministras decidieron ausentarse con motivo del paro nacional de mujeres, el Pleno quedó sin quórum y se vio imposibilitado de resolver sobre este y otros dos asuntos listados.
La acción de inconstitucionalidad presentada por la CNDH busca que el decreto por el que se promulgó la Ley de la FGR se declare inválido porque además se reforman, adicionan y derogan disposiciones de otras leyes que generan inseguridad jurídica y no garantiza el derecho de las víctimas de colaborar con el Ministerio Público federal.
“En la nueva Ley de la Fiscalía General de la República no se establece una obligación clara y fortalecida de la Fiscalía General de la República frente a los mecanismos de derechos humanos, esto es, no se determina la autonomía de gestión de la Fiscalía General de la República, ni existe claridad o certeza jurídica sobre la forma en cómo participará en el Mecanismo de Apoyo al Exterior, en el que se incluye, el Sistema Nacional de Búsqueda.
“Se advierte que, la participación activa de las víctimas de violaciones a derechos humanos en los planes de investigación no se considera; en consecuencia, no se garantiza el derecho de las víctimas a coadyuvar activamente con el Ministerio Público. De igual manera, ha sido retirada la participación de la Fiscalía General como integrante en los órganos colegiados de toma de decisiones de diversas Instituciones relacionadas con las víctimas”, lamentó la CNDH en un comunicado posterior a la entrada en vigor de la reforma.
Según ese organismo autónomo, la Ley aprobada, además de impactar de manera directa al Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, también genera repercusiones a Ley para la Protección de Personas Defensoras de los Derechos Humanos; y la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de estos Delitos.
Así como a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia; y la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares.
En la elaboración de este recurso en contra de la entrada del ordenamiento, aprobado prácticamente por unanimidad en el Senado y con una amplia mayoría en la Cámara de Diputados, participaron organizaciones de la sociedad civil y “autoridades involucradas en el tema” que no identificó, aunque durante el debate de la iniciativa en el Congreso mexicano, uno de los servidores más preocupados en el tema fue el subsecretario de Gobernación, Alejandro Encinas.
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El análisis de la acción de inconstitucionalidad está a cargo de la ministra Margarita Ríos Farjat quien no ha hecho público el proyecto.