/ jueves 4 de agosto de 2022

Interponen amparo a favor de Caro Quintero por incomunicación y tortura

La demanda fue promovida contra el director general del Centro Federal de Prevención y Reinserción Social número 1 "Altiplano"

Un ciudadano identificado como José Mora León promovió una demanda de amparo en favor del narcotraficante Rafael Caro Quintero, el Narco de Narcos, en la que denuncia actos como incomunicación, cautiverio con tormentos físicos y psicológicos y tortura que “ponen en riesgo la vida” del exlíder del Cártel de Guadalajara.

La demanda fue promovida ante el Juzgado Octavo de Distrito de Amparo y Juicio Federales en el Estado de México bajo el expediente 1182/2022, quien ordenó la suspensión de estos y otros actos como aislamiento, malos tratos o abuso de autoridad presuntamente cometidos contra el capo.

Puedes leer también: Caro Quintero logra obtener la suspensión definitiva de extradición

La demanda fue promovida contra el director general del Centro Federal de Prevención y Reinserción Social número 1 "Altiplano" con sede en Almoloya de Juárez, Estado de México, lugar en el que se encuentra el narcotraficante desde el 15 de julio pasado, cuando elementos de la Marina y la Fiscalía General de la República lo detuvieron en Sinaloa.

Ante esta situación el juez ordenó a esta y otras autoridades informar, en un término no mayor a 24 horas, el cumplimiento que den a esta determinación, agregando a dicho informe copia certificada de las constancias respectivas, a fin de acreditar su postura.

En caso de que las autoridades mientan en su informe, de manera general o particular, el juez señaló que podrían incurrir en un delito que tiene una pena de tres a nueve años de prisión, una multa de 50 a 500 días de salario y la inhabilitación o destitución de tres a nueve años para desempeñar este u otro cargo público.

“Apercibidas que, si al rendir su informe correspondiente afirmaren una falsedad o negaren la verdad, en todo o en parte, podrían incurrir en el delito previsto en el artículo 262, fracción III, de la ley de la materia”, señaló el juez.

Este recurso fue presentado desde el 2 de agosto en el que de manera general se reclama la incomunicación, segregación, aislamiento, cautiverio con tormentos físicos y psicológicos, malos tratos, abuso de autoridad, tortura y lesiones que ponen en riesgo la vida de Caro Quintero.

Por ello el juez también ordenó notificar personalmente al llamado Narco de Narcos para que en el acto de su notificación manifieste si ratifica o no la demanda promovida a su favor, así como para que informe si cuenta con defensor particular o público que los asista en este caso.

El capo está por enfrentar un nuevo juicio en su contra debido a que tiene dos órdenes de aprehensión y una ordene de extradición a los Estados Unidos donde es señalado por ser el responsable del asesinato del agente de la DEA, Enrique "Kiki" Camarena, en 1985, y por ser uno se los primeros capos en enviar droga a gran escala a Estados Unidos en 1980.


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Un ciudadano identificado como José Mora León promovió una demanda de amparo en favor del narcotraficante Rafael Caro Quintero, el Narco de Narcos, en la que denuncia actos como incomunicación, cautiverio con tormentos físicos y psicológicos y tortura que “ponen en riesgo la vida” del exlíder del Cártel de Guadalajara.

La demanda fue promovida ante el Juzgado Octavo de Distrito de Amparo y Juicio Federales en el Estado de México bajo el expediente 1182/2022, quien ordenó la suspensión de estos y otros actos como aislamiento, malos tratos o abuso de autoridad presuntamente cometidos contra el capo.

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La demanda fue promovida contra el director general del Centro Federal de Prevención y Reinserción Social número 1 "Altiplano" con sede en Almoloya de Juárez, Estado de México, lugar en el que se encuentra el narcotraficante desde el 15 de julio pasado, cuando elementos de la Marina y la Fiscalía General de la República lo detuvieron en Sinaloa.

Ante esta situación el juez ordenó a esta y otras autoridades informar, en un término no mayor a 24 horas, el cumplimiento que den a esta determinación, agregando a dicho informe copia certificada de las constancias respectivas, a fin de acreditar su postura.

En caso de que las autoridades mientan en su informe, de manera general o particular, el juez señaló que podrían incurrir en un delito que tiene una pena de tres a nueve años de prisión, una multa de 50 a 500 días de salario y la inhabilitación o destitución de tres a nueve años para desempeñar este u otro cargo público.

“Apercibidas que, si al rendir su informe correspondiente afirmaren una falsedad o negaren la verdad, en todo o en parte, podrían incurrir en el delito previsto en el artículo 262, fracción III, de la ley de la materia”, señaló el juez.

Este recurso fue presentado desde el 2 de agosto en el que de manera general se reclama la incomunicación, segregación, aislamiento, cautiverio con tormentos físicos y psicológicos, malos tratos, abuso de autoridad, tortura y lesiones que ponen en riesgo la vida de Caro Quintero.

Por ello el juez también ordenó notificar personalmente al llamado Narco de Narcos para que en el acto de su notificación manifieste si ratifica o no la demanda promovida a su favor, así como para que informe si cuenta con defensor particular o público que los asista en este caso.

El capo está por enfrentar un nuevo juicio en su contra debido a que tiene dos órdenes de aprehensión y una ordene de extradición a los Estados Unidos donde es señalado por ser el responsable del asesinato del agente de la DEA, Enrique "Kiki" Camarena, en 1985, y por ser uno se los primeros capos en enviar droga a gran escala a Estados Unidos en 1980.


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