/ lunes 23 de octubre de 2017

Crece la tensión entre consejeros y magistrados electorales

Esas diferencias llegaron al punto más álgido el 5 de octubre pasado, cuando casi de manera paralela INE y TEPJF sesionaron para discutir un tema en común: la fiscalización de Coahuila

La tensión entre los consejeros y magistrados electorales ha crecido en los meses recientes. El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) entró en un periodo donde los proyectos de la autoridad electoral administrativa son corregidos por la máxima autoridad en la material.

Incluso cuando es la misma autoridad judicial la que ordenó reglamentar aspectos como la participación de líderes partidistas en spots, pero al final cambió el sentido de su sentencia.

“Es el debate entre las instituciones, tenemos excelente diálogo con el Instituto Nacional Electoral, con todos los consejeros sin problema alguno, es el debate de las instituciones”, aseguró la magistrada presidente del Tribunal, Janine Otálora.

Sin embargo, es común que al final de distintos eventos académicos el consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova, bromee y suelte: “habría que preguntarle a la presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”.

En el discurso, consejeros y magistrados aseguran que su relación se basa en el respeto institucional. Sus resoluciones están en extremos criterios, ya que de los tres lineamientos que el INE propuso para regular precampañas y campañas de 2018, el Tribunal le echó abajo todos asegurando que se había extralimitado en sus facultades al reglamentar este tipo de cosas.

Algunas decisiones del Tribunal causaron extrañeza al interior del INE, como explicó la consejera Dania Ravel sobre los lineamientos para regular la aparición de los líderes de partidos en spots, los cuales fueron diseñados por el propio Tribunal,  que luego de conocerlos los desestimó.

“A mí me sorprendió mucho la revocación de los lineamientos que tienen que ver con dirigentes y voceros de partidos políticos nacionales, porque esos lineamientos los emitimos en acatamiento a una sentencia de la Sala Superior”, comentó la consejera.

Esas diferencias llegaron al punto más álgido el 5 de octubre pasado, cuando casi de manera paralela INE y TEPJF sesionaron para discutir un tema en común: la fiscalización de Coahuila. Y es que, mientras el Instituto decidía elevar los gastos del priista Miguel Riquelme, en el Tribunal sentenciaban bajarlo, lo cual no cayó bien en las oficinas de Viaducto Tlalpan, donde incluso, hubo el amago de no sesionar.

ATRIBUCIONES MARCADAS

Las atribuciones de cada una de las instituciones están delineadas en la Constitución, la cual establece que mientras el INE es el encargado de organizar las elecciones, ser el primero en dictaminar sobre denuncias presentados por los actores electorales, es el Tribunal la instancia que tiene la última palabra al calificar las elecciones; y cuando haya una impugnación revisar las determinaciones del Instituto.

Es por eso que no resulta raro que la mayor parte de casos polémicos caigan tanto en el terreno del INE como del Tribunal, como lo explicó la consejera Claudia Zavala, quien descartó que exista una tensión entre ambas instituciones.

“El Instituto Nacional Electoral emite el acto de autoridad que considera que debe ser el que rija en los procesos electorales siguiendo la esquematización de criterios y lo que se advierte derivado de procesos  electorales anteriores. Por razón natural es al Tribunal Electoral al que le corresponde definir la viabilidad jurídica de estas definiciones”, aseveró.

Estas diferencias de criterios se pueden ver en sus decisiones por los lineamientos. Para empezar, hay que recordar que dichos lineamientos no fueron una iniciativa del INE, sino un ordenamiento del Tribunal que así respondía a las quejas de partidos por el presunto acaparamiento de los spots por parte de Andrés Manuel López Obrador y de Ricardo Anaya de los spots destinados a sus respectivos partidos.

En noviembre del año pasado, el Tribunal emitió una sentencia donde ordenaba al INE marcar los criterios para evitar que los líderes y voceros de partidos nacionales usaran los espacios en radio y televisión destinados a sus partidos para la promoción de su imagen con el objetivo de sacar ventaja en el proceso electoral 2018.

“No se justifica que un dirigente sea una especie de vocero o portavoz exclusivo, sobre todo si existe proximidad con algún proceso electoral, considerando la posibilidad de que la aparición en los promocionales de las pautas del partido conlleve la intención de promocionarse anticipadamente con miras a postular su candidatura en un proceso inminente”, dice la sentencia SUP-REP-575/2015.

Así, el INE comenzó la elaboración de los lineamientos para líderes partidarios, y, previendo que habría impugnaciones por parte de partidos por considerar que eso ponía en desventaja a esto políticos, de manera paralela, con voluntad propia, redactó los lineamientos de Cancha Pareja.

Fueron nueve meses de trabajo para presentarlos en el Consejo General con los siguientes marcos generales: los líderes de partidos  no podrán aparecer en spots partidistas, mientras que los ciudadanos y funcionarios públicos se les prohibía contratar propaganda en cualquier medio para su promoción personal. A partir del 8 de septiembre, fecha de inicio del proceso electoral 2018.

La aprobación de estos dos lineamientos, pero ni un mes les duró el gusto. A lo largo de agosto, más de 200 actores, entre cámaras empresariales, partidos, gobiernos estatales y la misma presidencia presidencial, impugnaron los lineamientos ante el Tribunal, que emitió su sentencia el 30 de agosto.

“El INE excedió los principios y subordinación jerárquica al asumir facultades del Congreso, máximo al introducir categorías que le corresponde al legislador”, es la frase que resume la sentencia que tiraba los lineamientos de Cancha Pareja que el INE había publicado incluso ya, en el Diario Oficial de la Federación.

Ahí quedó clara la diferencia de criterios de consejeros y magistrados para interpretar las leyes electorales.

La tensión entre los consejeros y magistrados electorales ha crecido en los meses recientes. El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) y la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) entró en un periodo donde los proyectos de la autoridad electoral administrativa son corregidos por la máxima autoridad en la material.

Incluso cuando es la misma autoridad judicial la que ordenó reglamentar aspectos como la participación de líderes partidistas en spots, pero al final cambió el sentido de su sentencia.

“Es el debate entre las instituciones, tenemos excelente diálogo con el Instituto Nacional Electoral, con todos los consejeros sin problema alguno, es el debate de las instituciones”, aseguró la magistrada presidente del Tribunal, Janine Otálora.

Sin embargo, es común que al final de distintos eventos académicos el consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova, bromee y suelte: “habría que preguntarle a la presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación”.

En el discurso, consejeros y magistrados aseguran que su relación se basa en el respeto institucional. Sus resoluciones están en extremos criterios, ya que de los tres lineamientos que el INE propuso para regular precampañas y campañas de 2018, el Tribunal le echó abajo todos asegurando que se había extralimitado en sus facultades al reglamentar este tipo de cosas.

Algunas decisiones del Tribunal causaron extrañeza al interior del INE, como explicó la consejera Dania Ravel sobre los lineamientos para regular la aparición de los líderes de partidos en spots, los cuales fueron diseñados por el propio Tribunal,  que luego de conocerlos los desestimó.

“A mí me sorprendió mucho la revocación de los lineamientos que tienen que ver con dirigentes y voceros de partidos políticos nacionales, porque esos lineamientos los emitimos en acatamiento a una sentencia de la Sala Superior”, comentó la consejera.

Esas diferencias llegaron al punto más álgido el 5 de octubre pasado, cuando casi de manera paralela INE y TEPJF sesionaron para discutir un tema en común: la fiscalización de Coahuila. Y es que, mientras el Instituto decidía elevar los gastos del priista Miguel Riquelme, en el Tribunal sentenciaban bajarlo, lo cual no cayó bien en las oficinas de Viaducto Tlalpan, donde incluso, hubo el amago de no sesionar.

ATRIBUCIONES MARCADAS

Las atribuciones de cada una de las instituciones están delineadas en la Constitución, la cual establece que mientras el INE es el encargado de organizar las elecciones, ser el primero en dictaminar sobre denuncias presentados por los actores electorales, es el Tribunal la instancia que tiene la última palabra al calificar las elecciones; y cuando haya una impugnación revisar las determinaciones del Instituto.

Es por eso que no resulta raro que la mayor parte de casos polémicos caigan tanto en el terreno del INE como del Tribunal, como lo explicó la consejera Claudia Zavala, quien descartó que exista una tensión entre ambas instituciones.

“El Instituto Nacional Electoral emite el acto de autoridad que considera que debe ser el que rija en los procesos electorales siguiendo la esquematización de criterios y lo que se advierte derivado de procesos  electorales anteriores. Por razón natural es al Tribunal Electoral al que le corresponde definir la viabilidad jurídica de estas definiciones”, aseveró.

Estas diferencias de criterios se pueden ver en sus decisiones por los lineamientos. Para empezar, hay que recordar que dichos lineamientos no fueron una iniciativa del INE, sino un ordenamiento del Tribunal que así respondía a las quejas de partidos por el presunto acaparamiento de los spots por parte de Andrés Manuel López Obrador y de Ricardo Anaya de los spots destinados a sus respectivos partidos.

En noviembre del año pasado, el Tribunal emitió una sentencia donde ordenaba al INE marcar los criterios para evitar que los líderes y voceros de partidos nacionales usaran los espacios en radio y televisión destinados a sus partidos para la promoción de su imagen con el objetivo de sacar ventaja en el proceso electoral 2018.

“No se justifica que un dirigente sea una especie de vocero o portavoz exclusivo, sobre todo si existe proximidad con algún proceso electoral, considerando la posibilidad de que la aparición en los promocionales de las pautas del partido conlleve la intención de promocionarse anticipadamente con miras a postular su candidatura en un proceso inminente”, dice la sentencia SUP-REP-575/2015.

Así, el INE comenzó la elaboración de los lineamientos para líderes partidarios, y, previendo que habría impugnaciones por parte de partidos por considerar que eso ponía en desventaja a esto políticos, de manera paralela, con voluntad propia, redactó los lineamientos de Cancha Pareja.

Fueron nueve meses de trabajo para presentarlos en el Consejo General con los siguientes marcos generales: los líderes de partidos  no podrán aparecer en spots partidistas, mientras que los ciudadanos y funcionarios públicos se les prohibía contratar propaganda en cualquier medio para su promoción personal. A partir del 8 de septiembre, fecha de inicio del proceso electoral 2018.

La aprobación de estos dos lineamientos, pero ni un mes les duró el gusto. A lo largo de agosto, más de 200 actores, entre cámaras empresariales, partidos, gobiernos estatales y la misma presidencia presidencial, impugnaron los lineamientos ante el Tribunal, que emitió su sentencia el 30 de agosto.

“El INE excedió los principios y subordinación jerárquica al asumir facultades del Congreso, máximo al introducir categorías que le corresponde al legislador”, es la frase que resume la sentencia que tiraba los lineamientos de Cancha Pareja que el INE había publicado incluso ya, en el Diario Oficial de la Federación.

Ahí quedó clara la diferencia de criterios de consejeros y magistrados para interpretar las leyes electorales.

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