Sigue la recaudación de apoyo para revocación de mandato del Gobernador de Zacatecas

Ya firmaron en 56 de los 58 municipios de Zacatecas.

Raúl García / El Sol de Zacatecas

  · sábado 12 de octubre de 2024

La recaudación de firmas continuará hasta el 12 de diciembre del 2024 / Cortesía / Revocación de mandato A.C.

En 56 de los 58 municipios del estado ya hay ciudadanos que han firmado la petición para iniciar el proceso de revocación de mandato del gobernador de Zacatecas.

Los únicos municipios que aún no han aportado el apoyo de personas registradas en la lista nominal de electores, son Melchor Ocampo, en el extremo norte del estado y Moyahua de Estrada en el sur del territorio zacatecano.

Según informó la organización civil Revocación de Mandato Zacatecas, la recaudación de firmas continuará hasta el 12 de diciembre del 2024, fecha en que será necesario reunir por lo menos 126 mil 594 firmas para, posteriormente, convocar a la votación.

Mañana domingo, dicha organización instalará módulos de recolección de firmas en el jardín principal del municipio de Villanueva y en la plaza principal de Loreto.

Dicha actividad se llevó a cabo este sábado en el tianguis de la Condesa del municipio de Guadalupe, en la unidad académica de Psicología de la Universidad Autónoma de Zacatecas, en el jardín Madero de Fresnillo.

La ley reglamentaria de la revocación prohíbe a las autoridades de los tres órdenes de gobierno, a los partidos políticos y a cualquier organización del sector público, social o privado, interferir en las actividades de recopilación de firmas.

De obtenerse el respaldo mínimo de la solicitud, el Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) convocará al plebiscito, mismo que debe realizarse el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la emisión de la convocatoria.


Para que su resultado sea vinculante, debe votar por lo menos el 40% de los electores del estado, es decir 506 mil 376 ciudadanos.

En caso de que los resultados determinen la aprobación de la revocación del mandato, se considerará que la persona que ocupa la titularidad del Poder Ejecutivo ha sido definitivamente separada de su cargo.

Entonces se aplicará lo establecido en el artículo 79 de la Constitución del Estado de Zacatecas, el cual señala que no se convocará a elecciones extraordinarias, sino que la Legislatura, constituida como colegio electoral, nombrará a un “gobernador sustituto” para terminar el periodo.