Señalan a alcalde de Chalchihuites por abuso de autoridad

Legislatura local  ya dio vista a la Fiscalía General de Justicia

Raúl García / El Sol de Zacatecas

  · miércoles 23 de octubre de 2024

Fue aprobado el Punto de Acuerdo presentado por el diputado Jaime Manuel Esquivel Hurtado, mediante el cual se informa a la Fiscalía y se exhorta al alcalde de extracción priísta para que desista y cumpla la Ley Orgánica del Municipio. / Flor Castañeda / El Sol de Zacatecas

La Legislatura de Zacatecas dio vista a la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJE) sobre los delitos de ejercicio indebido de funciones públicas y abuso de autoridad, atribuidos al alcalde de Chalchihuites, Pedro Miranda Morales, por haber impuesto al titular del Órgano Interno de Control (OIC) del Ayuntamiento.

Por unanimidad de la Asamblea, fue aprobado el Punto de Acuerdo presentado por el diputado Jaime Manuel Esquivel Hurtado, mediante el cual se informa a la Fiscalía y se exhorta al alcalde de extracción priísta para que desista y cumpla la Ley Orgánica del Municipio.

La ley señala que la titularidad del OIC se designará conforme a la terna que proponga la primera minoría de regidores integrantes del cabildo, que en el caso de Chalchihuites, corresponde a los regidores de Morena.

El diputado de dicho partido, Jaime Manuel Esquivel relató que los regidores de la primera minoría presentaron en dos ocasiones su propuesta de terna, pero el alcalde impuso su propuesta aduciendo que los perfiles previamente postulados, no cumplían los requisitos, sin señalar específicamente cuáles.

De la terna impuesta, en sesión de Cabildo fue electa la ingeniera ambiental, Roxana Guadalupe Tamayo Castañeda quien, a decir del diputado, no cumple con los requisitos de la ley orgánica que señala que para ser titular del OIC, se debe tener la licenciatura en Derecho, Contaduría y otras áreas afines.

El punto de acuerdo aprobado en la Legislatura, también da vista a la Fiscalía de la posible constitución de ejercicio indebido de funciones públicas, imputable a Roxana Guadalupe Tamayo.

Por dicho delito –refirió Jaime Manuel Esquivel- tanto el alcalde como la titular el OIC podrían recibir una sanción de uno a tres años de prisión y multa de cien a doscientas veces la unidad de medida y actualización, según lo estipulado por el artículo 193 del Código Penal del Estado.




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