La noche de este viernes el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ), en sesión extraordinaria, aprobó la procedencia del registro de la C. Bibiana Lizardo como candidata del Partido Movimiento Dignidad Zacatecas, para contender en la elección de la gubernatura del Estado en el Proceso Electoral Local 2020-2021.
Con esta resolución suman cinco las mujeres candidatas: Ana María Romo Fonseca de Movimiento Ciudadano; Claudia Anaya Mota por la coalición “Va por Zacatecas”; Fernanda Salomé Perera Trejo por las Redes Sociales Progresistas; Guadalupe Medina Padilla por el Partido Encuentro Social; Miriam García Zamora por “Fuerza X México” y Bibiana Lizardo por el Partido Movimiento Dignidad Zacatecas.
El Consejo General del IEEZ exhortó al Partido Movimiento Dignidad Zacatecas a efecto de que realice la captura de la candidatura en el Sistema Nacional de Registro de Precandidatos y Candidatos del Instituto Nacional Electoral, una vez que se encuentre habilitado, a efecto de que esta autoridad administrativa electoral esté en posibilidades de verificarla y en su caso aprobarla.
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En el periodo comprendido para el registro de candidaturas, el Partido Movimiento Dignidad Zacatecas, presentó ante el Consejo General del Instituto Electoral solicitud de registro de candidaturas a la Gubernatura del Estado de Zacatecas, para el periodo constitucional 2021- 2027.
Sin embargo, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, al emitir la Resolución INE/CG306/2021, respecto de las irregularidades encontradas en el Dictamen consolidado de la revisión de los Informes de Ingresos y Gastos de Precampaña a los cargos de Gubernatura, Diputaciones Locales y Ayuntamientos, correspondientes al Proceso Electoral Local Ordinario 2020-2021, en el Estado de Zacatecas, en su punto resolutivo Cuarto, determinó sancionar al precandidato con la pérdida del derecho a ser candidato, lo anterior, toda vez que omitió presentar su informe de precampaña de conformidad con lo señalado en artículos 25, numeral 1, fracción v), 79, numeral 1, inciso a), fracciones I y II de la Ley General de Partidos y 223, numeral 6 del Reglamento de Fiscalización.
Al respecto, el 27 de abril de 2021, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, emitió Sentencia en el recurso de apelación SUP-RAP-104/2021 y su acumulado SUP-JDC-602/2021 en la que determinó desechar de plano las demandas interpuestas en contra de las Resoluciones INE/CG306/2021 e INE/CG306/2021, al haber sido recibidas de forma extemporánea.
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Mediante resolución RCG-IEEZ-013/VIII/2021 el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, determinó declarar la improcedencia del registro del C. Edgar Salvador Rivera Cornejo, como candidato del Partido Político Movimiento Dignidad Zacatecas, para contender en la elección de la Gubernatura del Estado en el Proceso Electoral Local 2020-2021.
El IEEZ aclara que la declaración de improcedencia de la candidatura del C. Edgar Salvador Rivera Cornejo no conllevó la pérdida del derecho del Partido Político Movimiento Dignidad Zacatecas de registrar candidatura a la Gubernatura del Estado de Zacatecas, pues en términos de lo previsto en el artículo 153 de la Ley Electoral del Estado de Zacatecas procederá la sustitución de candidaturas, entre otras consideraciones, por cancelación o cualquier otra causa prevista en la ley.
En ese sentido, el Partido Movimiento Dignidad Zacatecas conservó el derecho de registrar a otra candidata o candidato que cumpliera con los requisitos legales, para sustituir al C. Edgar Salvador Rivera Cornejo, pues estimar lo contrario conllevaría la vulneración de su derecho a la postulación de candidatura a la Gubernatura del Estado de Zacatecas.
Sostiene el IEEZ que resulta conforme a derecho la presentación de la solicitud de registro a la Gubernatura del Estado de Bibiana Lizardo, signada por la Presidenta del Comité Ejecutivo Estatal del Partido Movimiento Dignidad Zacatecas, efectuada el 30 de abril de 2021.
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