En el estado de Zacatecas, los registros civiles han realizado los primeros 15 procedimientos de reconocimiento de cambio de identidad de género luego de la Reforma al Código Familiar del Estado que aprobó la Legislatura en diciembre del 2022.
Los cambios a la ley permiten, entre otras cosas, solicitar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de la identidad de género.
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Ricardo Hernández León, titular de la Coordinación Jurídica del Estado de Zacatecas informó que estos 15 procedimientos se han realizado cumpliendo “la aplicación real de ese derecho humano a la autopercepción”.
Para que los ciudadanos no encuentren obstáculo alguno al hacer la solicitud, la coordinación impartió una capacitación a 123 oficiales del registro civil de los 58 municipios sobre el procedimiento.
El coordinador comentó a El Sol de Zacatecas que contando ya con su acta, la persona puede posteriormente hacer trámites de cambio de identidad en otras instancias como el Instituto Nacional Electoral (INE).
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El diputado Xerardo Ramírez Muñoz, en noviembre del año 2022, presentó la iniciativa con proyecto de decreto para reformar el Código Familiar del Estado con el objetivo de instaurar el derecho al reconocimiento a la identidad de género autopercibida: “Es el reconocimiento de las personas de la comunidad trans (…) nunca más una persona encarcelada en un cuerpo ajeno”.
Recalcó que el procedimiento para el reconocimiento de la identidad de género debe estar basado únicamente en el consentimiento libre e informado de la persona, exento de cualquier requisito médico, psicológico o psiquiátrico.
Hecho histórico
Fernanda Delgado, presidenta de la Asociación Civil TRANSformando Vidas, expresó que constituyen un hecho histórico las reformas al Código Familiar del Estado de Zacatecas, para que cualquier persona pueda cambiar de género de manera legal.
El cambio en el acta de nacimiento –dijo a este medio- es requisito para muy diversos trámites: “para todo lo que puede y debe hacer un ciudadano que aporta en sus impuestos, pero los integrantes de la comunidad trans estábamos fuera de esos derechos”.
Recordó que el cambio de las leyes constituye el resultado de una lucha que se libró desde hace cinco años. Mencionó que en la primera iniciativa de Ley de Identidad de Género se presentó en septiembre del 2021, la cual “se fue a la comisión de puntos constitucionales y nunca salió de ahí, no se dictaminó”.
El Trámite
Para realizar el levantamiento de una nueva acta de nacimiento para el reconocimiento de identidad de género, las personas interesadas deberán presentar una solicitud debidamente requisitada; copia certificada del acta de nacimiento primigenia; original y copia fotostática de la identificación oficial, y comprobante de domicilio.
De acuerdo con las nuevas disposiciones del Código Familiar del Estado, quien hace la solicitud debe tener al menos 18 años de edad cumplidos y ser de nacionalidad mexicana. El levantamiento se realizará en el registro civil del municipio en donde está registrado y se procederá de inmediato a hacer la anotación y la reserva correspondiente.
El artículo 9 señala que el acta de nacimiento primigenia quedará reservada y no se publicará ni expedirá constancia alguna, salvo mandamiento judicial o petición ministerial.
Posterior a la realización de la comparecencia, el oficial del registro civil expedirá y entregará al solicitante su nueva acta de nacimiento que contenga el reconocimiento de su nueva identidad de género.
Asimismo, se remitirá a la Dirección de Registro Civil del Estado de Zacatecas para que se realice la reserva del acta primigenia, se homologue la Clave Única Registro de Población (CURP) ante el Registro Nacional de Población (Renapo).
║Con información de Karla Zapata │ El Sol de Zacatecas