/ martes 4 de junio de 2024

SCJN invalida precepto del Código Civil de Zacatecas sobre el estado de interdicción

Ordena al Congreso del Estado a realizar una consulta abierta a las personas con discapacidad para promulgar una nueva legislación

Este martes, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválido el artículo 44 del Código Civil del Estado de Zacatecas y ordenó al Congreso del Estado llevar a cabo una consulta abierta a las personas con discapacidad para promulgar una nueva legislación.

El artículo 44 del Código Civil de Zacatecas, reformado por el Decreto No. 113 y publicado el 27 de agosto de 2022 estipulaba que el estado de interdicción y otras condiciones de discapacidad serían evaluadas individualmente para determinar los ajustes necesarios, permitiendo que las decisiones que afectaran a estas personas fueran tomadas a través de sus representantes.

La SCJN concluyó que esta disposición perjudicaba directamente a las personas con discapacidad.

De acuerdo con el artículo 1º de la Constitución General y el artículo 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, era obligatorio consultar previamente a estas personas, lo cual no se realizó.

La invalidez del artículo no solo implica su eliminación del orden jurídico, sino que también obliga al Congreso local a realizar una consulta abierta a las personas con discapacidad, fomentando el diálogo democrático y la participación del grupo vulnerable afectado.

El Pleno ordenó al Congreso de Zacatecas llevar a cabo esta consulta y promulgar una nueva legislación.

Además, el Congreso deberá considerar la inconvencionalidad del estado de interdicción, conforme a los precedentes establecidos por la SCJN.

La acción de inconstitucionalidad 136/2022 fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandó la invalidez del artículo 44 del Código Civil de Zacatecas, reformado por el Decreto Número 113. La ponente fue la Ministra Yasmín Esquivel Mossa y el secretario Alejandro Félix González Pérez.

¿Qué es el estado de interdicción?

El estado de interdicción es una condición declarada por un juez de lo familiar, en la cual una persona mayor de edad no tiene capacidad para tomar decisiones de manera independiente.

La interdicción implica que la persona no puede realizar actos jurídicos por sí misma y necesita un representante, ya sea quien ejerce la patria potestad en el caso de menores de edad, o un tutor cuando se carece de padres y abuelos, o en el caso de adultos incapaces.


La interdicción constituye el estado jurídico en el que una persona, al no tener las aptitudes para gobernarse y administrar sus bienes por sí misma, es declarada incapaz por sentencia judicial y sometida a la tutela de un tutor o tutriz.


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Este martes, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inválido el artículo 44 del Código Civil del Estado de Zacatecas y ordenó al Congreso del Estado llevar a cabo una consulta abierta a las personas con discapacidad para promulgar una nueva legislación.

El artículo 44 del Código Civil de Zacatecas, reformado por el Decreto No. 113 y publicado el 27 de agosto de 2022 estipulaba que el estado de interdicción y otras condiciones de discapacidad serían evaluadas individualmente para determinar los ajustes necesarios, permitiendo que las decisiones que afectaran a estas personas fueran tomadas a través de sus representantes.

La SCJN concluyó que esta disposición perjudicaba directamente a las personas con discapacidad.

De acuerdo con el artículo 1º de la Constitución General y el artículo 4.3 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, era obligatorio consultar previamente a estas personas, lo cual no se realizó.

La invalidez del artículo no solo implica su eliminación del orden jurídico, sino que también obliga al Congreso local a realizar una consulta abierta a las personas con discapacidad, fomentando el diálogo democrático y la participación del grupo vulnerable afectado.

El Pleno ordenó al Congreso de Zacatecas llevar a cabo esta consulta y promulgar una nueva legislación.

Además, el Congreso deberá considerar la inconvencionalidad del estado de interdicción, conforme a los precedentes establecidos por la SCJN.

La acción de inconstitucionalidad 136/2022 fue promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, demandó la invalidez del artículo 44 del Código Civil de Zacatecas, reformado por el Decreto Número 113. La ponente fue la Ministra Yasmín Esquivel Mossa y el secretario Alejandro Félix González Pérez.

¿Qué es el estado de interdicción?

El estado de interdicción es una condición declarada por un juez de lo familiar, en la cual una persona mayor de edad no tiene capacidad para tomar decisiones de manera independiente.

La interdicción implica que la persona no puede realizar actos jurídicos por sí misma y necesita un representante, ya sea quien ejerce la patria potestad en el caso de menores de edad, o un tutor cuando se carece de padres y abuelos, o en el caso de adultos incapaces.


La interdicción constituye el estado jurídico en el que una persona, al no tener las aptitudes para gobernarse y administrar sus bienes por sí misma, es declarada incapaz por sentencia judicial y sometida a la tutela de un tutor o tutriz.


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