/ viernes 6 de septiembre de 2024

Sala Regional anula elección del Ayuntamiento de Zacatecas

Debe confirmarse la anulación en la Sala Superior del TEPJF

La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este viernes la anulación de las elecciones del municipio de Zacatecas.

El proyecto de sentencia de la magistrada presidenta, Claudia Valle Aguilasocho, mismo que fue aprobado con dos votos a favor y uno en contra, resuelve que Miguel Varela Pinedo, candidato de la coalición PAN–PRI–PRD, incurrió en la falta grave de “difusión indebida” en radio para exponer su propuesta política y llamar al voto.

La magistrada expresó que las 16 entrevistas radiofónicas matutinas que se le realizaron, fueron reiteradas y sistemáticas, con expresiones directas de propaganda a favor de su candidatura, lo que deja fuera la presunción de que se trataron de entrevistas genuinas, o espontaneas, ni de un ejercicio genuino de periodismo.

Esa es la base para mí, para lamentablemente tener que coincidir que se debe anular el voto de miles de zacatecanos

La propuesta discutida en la sesión realizada la tarde de este viernes, desestimó las otras violaciones graves que el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez) consideró para anular, como la violación al principio de “separación de Iglesia – Estado” y los actos anticipados de campaña.



El magistrado Ernesto Camacho Ochoa dijo estar de acuerdo con que Miguel Varela sí se separó del modelo de comunicación electoral permitido para los candidatos, independientemente de que no existan pruebas de contratos o convenios con algún medio de comunicación.

Expresó que además de la difusión indebida del candidato, también existió otra violación grave, que fue la de los actos anticipados de campaña de Miguel Varela, los cuales quedaron confirmados “desde hace meses”, lo cual por sí solo, es causal de nulidad.



La magistrada Elena Ponce Aguilar, votó en contra del proyecto porque no se acreditó que el candidato hubiera adquirido de manera indebida el tiempo radiofónico. Insistió en que en las 16 entrevistas no se advierte de manera evidente que hubiera una acción publicitaria ajena al ejercicio periodístico.

Elecciones extraordinarias

En fechas próximas, de confirmarse la anulación en la Sala Superior del TEPJF, según lo estipulado en la Constitución Política del Estado de Zacatecas, la Legislatura debe convocar a elecciones extraordinarias y nombrar un Concejo Municipal Provisional a más tardar el 15 de septiembre.

La legislación señala que “dichos Concejos se integrarán por un presidente, síndicos y concejales como regidores haya tenido el ayuntamiento declarado desaparecido”.

Cabe recordar que tras la anulación de las votaciones de Zacatecas ocurrida en el 2016, el 15 de septiembre de ese año la Legislatura designó un Concejo Municipal Interino que desempeñó las funciones de Ayuntamiento.

Durante dicha administración provisional, se llevaron a cabo las elecciones extraordinarias en el mes de diciembre; las autoridades municipales electas rindieron protesta el 9 de enero del 2017.



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La Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó este viernes la anulación de las elecciones del municipio de Zacatecas.

El proyecto de sentencia de la magistrada presidenta, Claudia Valle Aguilasocho, mismo que fue aprobado con dos votos a favor y uno en contra, resuelve que Miguel Varela Pinedo, candidato de la coalición PAN–PRI–PRD, incurrió en la falta grave de “difusión indebida” en radio para exponer su propuesta política y llamar al voto.

La magistrada expresó que las 16 entrevistas radiofónicas matutinas que se le realizaron, fueron reiteradas y sistemáticas, con expresiones directas de propaganda a favor de su candidatura, lo que deja fuera la presunción de que se trataron de entrevistas genuinas, o espontaneas, ni de un ejercicio genuino de periodismo.

Esa es la base para mí, para lamentablemente tener que coincidir que se debe anular el voto de miles de zacatecanos

La propuesta discutida en la sesión realizada la tarde de este viernes, desestimó las otras violaciones graves que el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez) consideró para anular, como la violación al principio de “separación de Iglesia – Estado” y los actos anticipados de campaña.



El magistrado Ernesto Camacho Ochoa dijo estar de acuerdo con que Miguel Varela sí se separó del modelo de comunicación electoral permitido para los candidatos, independientemente de que no existan pruebas de contratos o convenios con algún medio de comunicación.

Expresó que además de la difusión indebida del candidato, también existió otra violación grave, que fue la de los actos anticipados de campaña de Miguel Varela, los cuales quedaron confirmados “desde hace meses”, lo cual por sí solo, es causal de nulidad.



La magistrada Elena Ponce Aguilar, votó en contra del proyecto porque no se acreditó que el candidato hubiera adquirido de manera indebida el tiempo radiofónico. Insistió en que en las 16 entrevistas no se advierte de manera evidente que hubiera una acción publicitaria ajena al ejercicio periodístico.

Elecciones extraordinarias

En fechas próximas, de confirmarse la anulación en la Sala Superior del TEPJF, según lo estipulado en la Constitución Política del Estado de Zacatecas, la Legislatura debe convocar a elecciones extraordinarias y nombrar un Concejo Municipal Provisional a más tardar el 15 de septiembre.

La legislación señala que “dichos Concejos se integrarán por un presidente, síndicos y concejales como regidores haya tenido el ayuntamiento declarado desaparecido”.

Cabe recordar que tras la anulación de las votaciones de Zacatecas ocurrida en el 2016, el 15 de septiembre de ese año la Legislatura designó un Concejo Municipal Interino que desempeñó las funciones de Ayuntamiento.

Durante dicha administración provisional, se llevaron a cabo las elecciones extraordinarias en el mes de diciembre; las autoridades municipales electas rindieron protesta el 9 de enero del 2017.



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