Zacatecas, Zac.- El Consejo General del IEEZ le quitó el registro y las prerrogativas al Partido La Familia Primero, a efecto de que se expida una nueva constancia en la que se precise que los efectos constitutivos serán a partir del 1 de julio de 2020, es decir, en esa fecha obtendrá su registro.
El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, en sesión ordinaria, modificó la Resolución RCG-IEEZ-007/VII/2018 por la que se otorgó el registro a la Organización “Projector la Familia” como partido político local bajo la denominación “La Familia Primero”, en cumplimiento a lo ordenado por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, de la Segunda Circunscripción Plurinominal, con sede en Monterrey, Nuevo León, en la sentencia recaída al Juicio para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano y Juicio de Revisión Constitucional Electoral identificados con el número de expediente SM-JDC-193/2018 y SM-JRC-27/2018 acumulados.
Es hasta que tiene efectos constitutivos el registro de un partido político cuando adquiere la personalidad jurídica que los hace acreedor a derechos y obligaciones; por lo que, una vez que el registro del Partido Político La Familia Primero tenga efectos constitutivos, se llevarán a cabo las gestiones necesarias a fin de que “La Familia Primero” goce de las prerrogativas señaladas en los artículos 26 de la Ley General de Partidos y 77 numeral 1 de la Ley Electoral.
Por lo tanto, el Consejo General del IEEZ determinó que el partido político La Familia Primero participará en el proceso electoral local 2020-2021.
De igual manera, en el acuerdo emitido se deja sin efectos el Acuerdo ACG-IEEZ-033/VII/2018, mediante el cual aprobó el registro de la plataforma presentada por el partido La Familia Primero.
Además, se instruyó a la titular de la Dirección de Organización Electoral y Partidos Políticos del Instituto Electoral, a efecto de que elabore el proyecto de modificación del Acuerdo ACG-IEEZ-029/VII/2018, por el que se determinó la redistribución del financiamiento público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes, actividades específicas y actividades tendientes a la obtención del voto de los partidos políticos nacionales y locales, correspondientes a los meses de marzo a diciembre del ejercicio fiscal 2018.
También, se instruyó al Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral a efecto de que informe a la Sala Regional Monterrey, este acuerdo sobre el cumplimiento a lo ordenado por ese órgano jurisdiccional electoral federal en la sentencia emitida en los Juicios para la Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano y de Revisión Constitucional Electoral identificados con los números de expedientes SM-JDC-193/2018 y SM-JRC-27/2018 acumulados.