/ jueves 17 de septiembre de 2020

Ordenan a la SSP asignar escolta a la Síndica de Zacatecas

La funcionaria municipal expresó que el pasado 9 de septiembre recibió amenazas a través de sus redes sociales

La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Zacatecas asignar una escolta a la síndica de la capital, Ruth Calderón Babún, luego de que denunció haber recibido amenazas en contra de ella y de su familia.

Esta es una de las medidas cautelares que acordaron, por unanimidad de votos, los magistrados del Tribunal a favor de la síndica, la cual interpuso otra demanda en contra de autoridades del Ayuntamiento, por posible violencia política por razones de género, en la que incluyó evidencias de dichas amenazas.

La funcionaria municipal expresó que el pasado 9 de septiembre recibió amenazas a través de sus redes sociales, “con lo cual da noticia y se evidencian actos de presión violenta en su perjuicio”. Cabe recordar que tales hechos ya fueron denunciados en la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas.

El Tribunal Electoral señala que “la medida responde a un nivel de riesgo o peligro en que se encuentra la actora y su familia como destinatarias y potenciales víctimas de violencia, que hace necesario su protección a cargo de un elemento de fuerza real para disuadir un posible atentado contra su integridad”.

Los magistrados aclaran que “las medidas otorgadas no prejuzgan sobre el fondo del asunto, como tampoco sobre la certeza de la existencia de los hechos que la actora indica, lo cual corresponde analizar al Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ)”.

En el acuerdo plenario, los magistrados vinculan a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado para que comunique al IEEZ las actuaciones que lleve a cabo en acatamiento al acuerdo tomado por el Tribunal.

Caso será analizado por instancias estatales

La Sala reencauza la demanda por violencia política por razones de género, al Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) “al ser la autoridad administrativa electoral competente para determinar, si constituye o no una infracción y, en su caso, imponer sanción correspondiente”

El acuerdo aclara que estos hechos demandados son distintos a los que motivaron una denuncia previa, también presentada por la síndica por violencia política, la cual fue resuelta por el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez) desde el pasado 4 de septiembre.

Esta nueva demanda encauzada al IEEZ, fue motivada por hechos ocurridos durante la rueda de prensa que encabezó el alcalde de Zacatecas, Ulises Mejía Haro , el pasado 6 de septiembre.

Según la demandante, en ese evento “se advierten expresiones con matices violentos en su perjuicio, al señalar que es la portavoz de un grupo político, infiriendo que por el hecho de ser mujer no puede hacer valer sus derechos y no puede actuar sola”

A raíz de esa acusación, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió otra medida cautelar además de la escolta policiaca: “Se ordena al presidente municipal de Zacatecas se abstenga de realizar manifestaciones o cualquier acto de violencia y acciones discriminatorias en perjuicio de la actora”.


La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Zacatecas asignar una escolta a la síndica de la capital, Ruth Calderón Babún, luego de que denunció haber recibido amenazas en contra de ella y de su familia.

Esta es una de las medidas cautelares que acordaron, por unanimidad de votos, los magistrados del Tribunal a favor de la síndica, la cual interpuso otra demanda en contra de autoridades del Ayuntamiento, por posible violencia política por razones de género, en la que incluyó evidencias de dichas amenazas.

La funcionaria municipal expresó que el pasado 9 de septiembre recibió amenazas a través de sus redes sociales, “con lo cual da noticia y se evidencian actos de presión violenta en su perjuicio”. Cabe recordar que tales hechos ya fueron denunciados en la Fiscalía General de Justicia del Estado de Zacatecas.

El Tribunal Electoral señala que “la medida responde a un nivel de riesgo o peligro en que se encuentra la actora y su familia como destinatarias y potenciales víctimas de violencia, que hace necesario su protección a cargo de un elemento de fuerza real para disuadir un posible atentado contra su integridad”.

Los magistrados aclaran que “las medidas otorgadas no prejuzgan sobre el fondo del asunto, como tampoco sobre la certeza de la existencia de los hechos que la actora indica, lo cual corresponde analizar al Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ)”.

En el acuerdo plenario, los magistrados vinculan a la Secretaría de Seguridad Pública del Estado para que comunique al IEEZ las actuaciones que lleve a cabo en acatamiento al acuerdo tomado por el Tribunal.

Caso será analizado por instancias estatales

La Sala reencauza la demanda por violencia política por razones de género, al Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ) “al ser la autoridad administrativa electoral competente para determinar, si constituye o no una infracción y, en su caso, imponer sanción correspondiente”

El acuerdo aclara que estos hechos demandados son distintos a los que motivaron una denuncia previa, también presentada por la síndica por violencia política, la cual fue resuelta por el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas (Trijez) desde el pasado 4 de septiembre.

Esta nueva demanda encauzada al IEEZ, fue motivada por hechos ocurridos durante la rueda de prensa que encabezó el alcalde de Zacatecas, Ulises Mejía Haro , el pasado 6 de septiembre.

Según la demandante, en ese evento “se advierten expresiones con matices violentos en su perjuicio, al señalar que es la portavoz de un grupo político, infiriendo que por el hecho de ser mujer no puede hacer valer sus derechos y no puede actuar sola”

A raíz de esa acusación, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió otra medida cautelar además de la escolta policiaca: “Se ordena al presidente municipal de Zacatecas se abstenga de realizar manifestaciones o cualquier acto de violencia y acciones discriminatorias en perjuicio de la actora”.


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