/ lunes 7 de agosto de 2017

No existen estudios que comprueben peligro en Salaverna

Zacatecas, Zac.- En el caso Salaverna no existe un estudio técnico científico quecompruebe la existencia de peligro inminente para los pobladores,indicó la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos delEstado de Zacatecas (CDHEZ), Ma de la LuzDomínguez Campos, quien estableció que en el caso se realizó unainvestigación exhaustiva, imparcial, objetiva, profesional yapegada a la legalidad.

La Comisión de Derechos Humanos sentenció que “no se hadeterminado claramente que haya un riesgo inminente, y no se sabecuál es el nivel de este riesgo, porque no se ha determinado demanera puntual cuál es la zona de peligro”.

Además, señaló que en lainvestigación se detectó que personal de la Secretaría Generalde Gobierno, intervino en un operativo que fue arbitrario,autoritario y fuera de la legalidad.

Señaló que los estudios que señalanel riesgo inminente provienen en su gran mayoría de laminera, lo que ha quedado constatado en las pruebasdocumentales que integran el expediente y evidencian una decisiónunilateral del consorcio minero de poder lograr que no existanpersonas en esta comunidad para realizar un proyecto minero que handenominado en sus propios escritos, a tajo abierto.

Te recomendamos:

Antecedentes

Explicó que el 23 de diciembre de2016, a través de una llamada telefónica llegó una denunciadonde se quejaban de que se estaba llevando a cabo un desalojo enla comunidad de Salaverna.

La obligación de la Comisión de Derechos Humanos del Estado deZacatecas (CDHEZ), al igual que en otros estados y a nivelnacional, cuando llega una queja se tiene la obligación de acudira donde se les está llamando. Araíz de la queja, dos visitadores acudieron a la comunidad, adonde se les impidió el acceso, debido a que estaban bloqueadospor parte de elementos policiacos. Una vez que losvisitadores dialogan con los elementos de la Policía y lesexplican el motivo, se les permite entrar.

Observaron un operativo donde hay personal de Protección Civil,de la Secretaría General de Gobierno, elementos de la PolicíaMinisterial del Estado y de la Policía Estatal Preventiva.

No dejes de leer:

A raíz de esto, una ciudadana presenta de manera oral, verbal ydirecta, una solicitud de intervención de la Comisión y se quejade los servidores públicos que realizaban el operativo.

Por lo que se inició una investigación, pero cuando hay hechosviolatorios de derechos humanos se puede actuar de oficio.Se estaba realizando una violaciónflagrante a los Derechos Humanos, los hechos fueron verificados porlos visitadores, quienes gozan de fe pública y al acudir a lacomunidad constataron lo que acontecía en la comunidad yrecibieron la queja de voz de esta ciudadana. Elargumento de la no existencia de firma se desvanece de maneraespecífica.

La Comisión de Derechos Humanos realizó una investigaciónexhaustiva, imparcial, objetiva, profesional, apegada a lalegalidad, cuyo único objetivo es la protección y defensa de losderechos de los ciudadanos, el cumplimiento de la legalidad departe de los servidores públicos estatales y municipales, yvigilar que en la entidad prevalezca el Estado de Derecho.

Explicó que no es necesaria la firma de la quejosa, esteseñalamiento que se ha hecho es una argucia irrisoria que buscadesvirtuar y desviar la atención del acto fundamental, que es quepersonal de la Secretaría General de Gobierno, intervino en unoperativo que fue arbitrario, autoritario y fuera de lalegalidad.

En este caso concreto, la queja se presentó por una ciudadanade manera oral, verbal y directa en el momento mismo que se estabarealizando la violación a los derechos humanos, es decir, en unaviolación flagrante a los derechos humanos, misma que fueconstatada por los visitadores de la Comisión y quedó contenida yasentada por parte de los visitadores.

Sigue leyendo:

Este caso se resolvió bajo los mismos principios que laComisión de Derechos Humanos ha resuelto más de 500 casos duranteel último año.

El asunto se inició alrededor del año 2010 cuando pobladoresde la comunidad se quejan con el director de Protección Civil deConcepción del Oro, y señalan de manera puntual que sus casas seestán hundiendo, y lo atribuyen a las explosiones de la minera,particularmente.

Se inició un expediente con este asunto y se inicia un caso,hay inspecciones de 2012, en donde personal del departamento deAtlas de Riesgo del Departamento de Protección Civil del estadovan y revisan de manera puntual que hay este tipo de situaciones, yque por ello se requieren realizar diversos estudios, de caráctertécnico científico, que permitan determinar de manera muy clarael motivo del hundimiento en la comunidad de Salaverna, y elestudio debe hacerse con apoyo técnico de prospección geofísicaadecuada, capaz de detectar cavidades en el subsuelo y determinarde manera clara la zona de riesgo.

Se requiere también un estudio técnico científico sobre elimpacto de uso de explosivos al interior de la mina para que sedetermine de manera puntal cuáles son los impactos en lasuperficie donde está ubicada la comunidad de Salaverna.

Esta se hizo en 2012 y es la base, la motivación que tiene elGobierno del Estado para realizar el operativo de 2016 aludiendoriesgo inminente.

En 2012 se realizó una visita de inspección, no se estableceningún estudio.

https://youtu.be/Y62w6wH7AFw

https://youtu.be/bVJUq7dRAmc

Zacatecas, Zac.- En el caso Salaverna no existe un estudio técnico científico quecompruebe la existencia de peligro inminente para los pobladores,indicó la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos delEstado de Zacatecas (CDHEZ), Ma de la LuzDomínguez Campos, quien estableció que en el caso se realizó unainvestigación exhaustiva, imparcial, objetiva, profesional yapegada a la legalidad.

La Comisión de Derechos Humanos sentenció que “no se hadeterminado claramente que haya un riesgo inminente, y no se sabecuál es el nivel de este riesgo, porque no se ha determinado demanera puntual cuál es la zona de peligro”.

Además, señaló que en lainvestigación se detectó que personal de la Secretaría Generalde Gobierno, intervino en un operativo que fue arbitrario,autoritario y fuera de la legalidad.

Señaló que los estudios que señalanel riesgo inminente provienen en su gran mayoría de laminera, lo que ha quedado constatado en las pruebasdocumentales que integran el expediente y evidencian una decisiónunilateral del consorcio minero de poder lograr que no existanpersonas en esta comunidad para realizar un proyecto minero que handenominado en sus propios escritos, a tajo abierto.

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Explicó que el 23 de diciembre de2016, a través de una llamada telefónica llegó una denunciadonde se quejaban de que se estaba llevando a cabo un desalojo enla comunidad de Salaverna.

La obligación de la Comisión de Derechos Humanos del Estado deZacatecas (CDHEZ), al igual que en otros estados y a nivelnacional, cuando llega una queja se tiene la obligación de acudira donde se les está llamando. Araíz de la queja, dos visitadores acudieron a la comunidad, adonde se les impidió el acceso, debido a que estaban bloqueadospor parte de elementos policiacos. Una vez que losvisitadores dialogan con los elementos de la Policía y lesexplican el motivo, se les permite entrar.

Observaron un operativo donde hay personal de Protección Civil,de la Secretaría General de Gobierno, elementos de la PolicíaMinisterial del Estado y de la Policía Estatal Preventiva.

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A raíz de esto, una ciudadana presenta de manera oral, verbal ydirecta, una solicitud de intervención de la Comisión y se quejade los servidores públicos que realizaban el operativo.

Por lo que se inició una investigación, pero cuando hay hechosviolatorios de derechos humanos se puede actuar de oficio.Se estaba realizando una violaciónflagrante a los Derechos Humanos, los hechos fueron verificados porlos visitadores, quienes gozan de fe pública y al acudir a lacomunidad constataron lo que acontecía en la comunidad yrecibieron la queja de voz de esta ciudadana. Elargumento de la no existencia de firma se desvanece de maneraespecífica.

La Comisión de Derechos Humanos realizó una investigaciónexhaustiva, imparcial, objetiva, profesional, apegada a lalegalidad, cuyo único objetivo es la protección y defensa de losderechos de los ciudadanos, el cumplimiento de la legalidad departe de los servidores públicos estatales y municipales, yvigilar que en la entidad prevalezca el Estado de Derecho.

Explicó que no es necesaria la firma de la quejosa, esteseñalamiento que se ha hecho es una argucia irrisoria que buscadesvirtuar y desviar la atención del acto fundamental, que es quepersonal de la Secretaría General de Gobierno, intervino en unoperativo que fue arbitrario, autoritario y fuera de lalegalidad.

En este caso concreto, la queja se presentó por una ciudadanade manera oral, verbal y directa en el momento mismo que se estabarealizando la violación a los derechos humanos, es decir, en unaviolación flagrante a los derechos humanos, misma que fueconstatada por los visitadores de la Comisión y quedó contenida yasentada por parte de los visitadores.

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Este caso se resolvió bajo los mismos principios que laComisión de Derechos Humanos ha resuelto más de 500 casos duranteel último año.

El asunto se inició alrededor del año 2010 cuando pobladoresde la comunidad se quejan con el director de Protección Civil deConcepción del Oro, y señalan de manera puntual que sus casas seestán hundiendo, y lo atribuyen a las explosiones de la minera,particularmente.

Se inició un expediente con este asunto y se inicia un caso,hay inspecciones de 2012, en donde personal del departamento deAtlas de Riesgo del Departamento de Protección Civil del estadovan y revisan de manera puntual que hay este tipo de situaciones, yque por ello se requieren realizar diversos estudios, de caráctertécnico científico, que permitan determinar de manera muy clarael motivo del hundimiento en la comunidad de Salaverna, y elestudio debe hacerse con apoyo técnico de prospección geofísicaadecuada, capaz de detectar cavidades en el subsuelo y determinarde manera clara la zona de riesgo.

Se requiere también un estudio técnico científico sobre elimpacto de uso de explosivos al interior de la mina para que sedetermine de manera puntal cuáles son los impactos en lasuperficie donde está ubicada la comunidad de Salaverna.

Esta se hizo en 2012 y es la base, la motivación que tiene elGobierno del Estado para realizar el operativo de 2016 aludiendoriesgo inminente.

En 2012 se realizó una visita de inspección, no se estableceningún estudio.

https://youtu.be/Y62w6wH7AFw

https://youtu.be/bVJUq7dRAmc

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