El Ayuntamiento de Nochistlán, Zacatecas otorga 72 horas para realizar el trámite de Asentamiento de Defunción, para lo cual se debe acudir a las oficinas del Registro Civil, de nueve de la mañana a una de la tarde.
Si no se realiza dicho trámite en ese lapso de tiempo, se necesitará abrir un juicio para poder realizarlo.
¿Qué son los asentamientos de acta de defunción?
Los asentamientos de actas de defunción sirven para informar de la muerte de una persona, con el objeto de que se expidan tanto el acta de defunción como la orden de inhumación o cremación para los fines legales que se requieran
En el estado de Zacatecas es necesario cumplir con los siguientes requisitos para asentamiento de acta de defunción:
1.- Certificado de defunción (original -hoja blanca, rosa y azul)
En caso de muerte accidental o violenta presentar oficio expedido por la agencia del ministerio público encargada del proceso, en cuyo caso no será necesario entregar la hoja rosa del certificado.
2.- Copia de acta de nacimiento e identificación oficial de la persona finada
3.- Copia de acta de matrimonio en su caso (estado civil: casado/a o viudo/a)
4.- Copia de acta de nacimiento del (la) cónyuge
5.- Presentar recibos de pago
6.- Copia de identificación oficial del declarante (si el domicilio del declarante es diferente al de la credencial de elector, presentar comprobante de domicilio en copia)
7.- El declarante deberá comparecer con dos testigos mayores de edad (pueden ser familiares o no)