Saskia Niño de Rivera, presidenta de la Fundación Reinserta considera que, en general en las penitenciarías de México, incluido el Centro Regional de Reinserción Social Femenil de Cieneguillas, Zacatecas, es indispensable la creación de ambientes libres de violencia para que los menores no tengan secuelas traumáticas en su vida, expuso, el consumir droga al interior de los centros “caso prácticamente del 100 por ciento del país, los niños absorben esta droga y el niño ya tiene el uso de la sustancia”.
Lo más recurrente dentro de los centros penitenciarios es la falta de atención de adicciones, sobre todo la falta de intervención hacia las mujeres embarazadas con algún problema de adicción, lo que en ocasiones genera secuelas o complicaciones en el nacimiento del bebé.
En los últimos 15 años ha existido un alza importante de mujeres en los reclusorios, relacionándolo directamente con el tema de equidad de género, el mayor número de mujeres son madres solteras, actualmente hay un mayor número de mujeres dentro del crimen organizado “hoy por hoy la delincuencia y la criminalidad femenina no se reduce únicamente a que un familiar hombre esté relacionado directamente, sino las mujeres ya están viendo a la delincuencia como una opción”.
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El hecho de que en los centros penitenciarios la mayoría de las personas privadas de su libertad sean hombres, no es justificación para que al interior de los centros penitenciarios del país no exista perspectiva de género, y aunque Zacatecas cuenta con un centro penitenciario exclusivo para mujeres, la mayoría de los estados no cuenta con uno.
“Los estados tienen la obligación de implementarlo, según la nueva Ley de Ejecución Penal”, en caso de no estar implementada a partir del próximo 30 de noviembre de 2018 estarán en incumplimiento de la ley.
El 47 por ciento de los adolescentes en conflicto con la ley privados de su libertad tienen algún familiar directo en la cárcel ¿Qué pasa con los niños después de la reclusión?, es primordial generar programas preventivos para que las y los niños no lleguen a normalizar la violencia, y que de esta manera no la vean como una opción más de vivir.
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Ocho menores en cárceles de Zacatecas
Algunas de las mujeres que llevan un proceso o han sido sentenciadas han sido abandonadas por sus familiares, o bien, no cuentan con suficiente respaldo; por otro lado, no existen partidas presupuestales para otorgar todos los requerimientos que necesitan los menores de edad, indicó Ma. de la Luz Domínguez Campos, presidenta de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Zacatecas (CDHEZ).
No existen partidas específicas con suficiencia presupuestal para adquirir todo lo que necesitan los menores.
De los ochos menores que se encuentran viviendo al interior del Centro Femenil de Reinserción de Cieneguillas, tres de ellos tienen entre dos a cinco meses, cuatro son menores de un año de edad y uno niño es mayor a los dos años.
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La CDHEZ tiene a la fecha una queja de carácter oficioso emitida en virtud a la muerte de un niño “porque este menor padecía una enfermedad, en este momento está terminándose de sustanciar esta queja para emitir las conclusiones de la investigación”.
Las y los niños que se encuentran recluidos requieren un mayor apoyo institucional para que puedan tener una buena alimentación, acceso a la salud, así como a diversos factores que les permitan contar con un buen desarrollo, agregando que conforme a sus posibilidades se les ha apoyado con leche, pañales y ropa respecto a las peticiones de las mismas madres.
Lo fundamental es no privar a la madre del derecho de tener a su bebé al interior del centro, tampoco privar al bebé de estar cerca de su madre “muchos de ellos están en etapa de lactancia materna, es importante que estén con sus madres para que reciban este alimento que se ha constituido en un derecho humano”, asimismo se requiere de mecanismo más eficientes para contar con una verdadera protección de los derechos de los menores.
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Las mujeres tienen derecho a atención médica obstétrico-ginecológica y pediátrica durante el embarazo, parto y puerperio, derechos que deben ser ejercidos al interior del centro, ser atendidas por personal especializado para garantizar la salud de la madre y del menor.
Otros de los derechos básicos son el que puedan convivir con sus hijos al interior del centro penitenciario y ser generadas las condiciones para que las y los niños reciban educación inicial, o bien tenga acceso a actividades recreativas o lúdicas conforme a su edad.
“A las madres, aún y cuando están privadas de su libertad, no se les puede impedir el ejercicio de su derecho a ser madres, a embarazarse y tener un hijo adentro de estos centros de reclusión y tampoco se les puede privar el derecho a la lactancia”, tal como lo demanda la Ley Nacional de Ejecución Penal.
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En caso que las mujeres privadas de su libertad decidan conservar la custodia de sus hijas e hijos menores de tres años durante su estancia en el centro penitenciario y no existieran familiares que pudieran hacerse responsables en la familia de origen, será la autoridad penitenciaria la que establezca los criterios para garantizar el ingreso de la niña o el niño.
Hay una obligación para las autoridades penitenciarias de adecuar las instalaciones para que las hijas y los hijos de las mujeres privadas de la libertad pueden recibir atención médica conforme al interés superior de la niñez, atendiendo a su edad, a sus condiciones y a sus necesidades de salud específicas.
La CDHEZ exhorta a la Dirección de Prevención y Reinserción Social y a la Secretaría de Seguridad Pública (SSP) para “que en este momento que están iniciando a crearse los anteproyectos de presupuesto se consideren esas partidas, para que a lo largo del 2019 no se tengan limitantes para cumplir con esos derechos que tiene la mujer que son maternidad y lactancia y tener a su hijo al interior”.
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Se debe evitar cualquier circunstancia que pueda llegar a vulnerar los derechos de los menores, al momento; el artículo 36 de la Ley Nacional de Ejecución Penal se establece de manera puntual que los hijos e hijas de las mujeres privadas de su libertad que nacieran durante el internamiento pueden permanecer con su madre dentro del centro penitenciario durante las etapas posnatal o lactancia o hasta que los niños cumplan tres años de edad, garantizando en cada caso el interés superior de la niñez.
“En sí, yo no voy a ser su madre”
Fernanda sabe que, al cumplir su hija los tres años de edad, tendrá que dejar en las manos de su mamá a la pequeña, tal como lo hizo con su otra hija, y a pesar que se ha acostumbrado a ella, sabe que ya no la podrá ver todos los días “que en vez de verme como mamá me vea como una sustituta, porque en sí yo no voy a ser su madre, yo no la voy a cuidar”.
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