Hace 65 años... el derecho al voto femenino

El 17 de octubre de 1953 se reformó el artículo 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

El Sol de Zacatecas en Línea

  · miércoles 17 de octubre de 2018

Para que la mujer pudiera ejercer su derecho al voto, pasaron décadas de lucha sin interrupciones / Archivo

El 17 de octubre de 1953 se reformó el artículo 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, hecho que permitió a las mujeres votar y ser electas, con ello, se coronaban décadas de lucha sin interrupciones para lograr los derechos ciudadanos plenos de las mujeres.

En Zacatecas, se tiene uno de los primeros antecedentes de esa conquista femenina. En 1853, un grupo de mujeres zacatecanas pidieron al gobierno ser reconocidas como ciudadanas, demanda, que no fructificó en ese entonces, pero siguieron en su lucha.

Fue en 1884, cuando precisamente una periodista nacida en Taxco, Guerrero, Laureana Wright, demanda la igualdad de oportunidades para las mujeres y el derecho a votar desde las páginas de la revista Violetas de Anáhuac.

En nuestro país, las mujeres adquirían legalmente la mayoría de edad a los 30 años, y fue en julio de 1916 que, en el estado de Yucatán, por decreto, se redujo la mayoría de edad para las mujeres de 30 a 21 años de edad.

Luego, en el puerto de Veracruz, en 1919, se llevó a cabo un congreso magisterial, en el que Hermila Galindo de Topete, secretaria particular de Venustiano Carranza se pronunció a favor de los derechos políticos femeninos.

Pero cuando la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos fue promulgada el cinco de febrero de 1917, no se otorgó a las mujeres la ciudadanía en forma expresa, aunque tampoco se las negó.

En la redacción, el artículo 34 original establecía que son ciudadanos “los mexicanos”. El constituyente ni siquiera discutió el voto femenino y la indefinición fue interpretada como una negación.

El 12 de abril de 1917, fue aprobada la Ley de Relaciones Familiares, según la cual la mujer y el hombre tienen derecho a considerarse iguales en el seno del hogar. Así, la mujer quedó en condiciones de ejercer la patria potestad sobre los hijos, contribuir al sostenimiento de la familia, administrar los bienes comunes y los suyos propios, hacer contrataciones y obligarse.

Derechos que no fueron derechos

Fueron las mujeres yucatecas quienes bajo la gubernatura de Felipe Carrillo Puerto lograron acceder primero al derecho de votar en 1922. Luego, en ese mismo año, el gobernador de San Luis Potosí, Aurelio Manrique permitió ejercer el voto a las mujeres que sabían leer y escribir y no pertenecieran a ninguna asociación religiosa y donde el cargo más alto de representación popular al que pudieran aspirar fuera el de presidenta municipal.

En 1925, las mujeres en Chiapas alcanzaron la igualdad de derechos jurídicos frente al varón.

El año de 1926 fueron considerados excesivos los avances en la lucha política femenina y esos derechos de las mujeres de San Luis Potosí fueron derogados.

Durante el tercer Congreso Nacional de obreras y campesinas en 1934 las mujeres se unieron para exigir el reconocimiento de los derechos políticos femeninos, un año después junto con las mujeres del Partido Nacional Revolucionario forman el Frente Único Pro Derechos de la Mujer que demanda el derecho a votar.

El primer logro de ese frente fue en Puebla donde se autorizó el ejercicio ciudadano de las mujeres en 1936.

En septiembre de 1937 el entonces presidente Lázaro Cárdenas envió una iniciativa de reforma al artículo 34 constitucional para otorgar el sufragio femenino, y aunque la Cámara de Senadores lo aprueba, la Cámara de Diputados lo rechaza.

La Alianza Nacional Femenina y el Grupo Leona Vicario participaron en protestas solicitando se diera curso a la iniciativa de reforma de Cárdenas y tras varios años consiguieron en diciembre de 1946 que la Cámara de Diputados aprobara la adición al artículo 158 que concede el derecho a votar de las mujeres en las elecciones municipales.

El voto femenino, una promesa proselitista

Seis años después, el seis de abril de 1952 se realizó un acto proselitista del entonces candidato a la presidencia, Adolfo Ruíz Cortines, en el que se comprometió ante 20 mil mujeres a otorgarles derechos ciudadanos plenos si votaban por él en las elecciones.

Finalmente, el 17 de octubre de 1953 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el nuevo texto del artículo 34 constitucional, que establece: "Son ciudadanos de la República los varones y las mujeres que, teniendo la calidad de mexicanos reúnan además los siguientes requisitos:

Haber cumplido 18 años de edad, siendo casados, o 21 si no lo son y tener un modo honesto de vivir". La adición de 1946 al artículo 115 de la Constitución fue derogada por el Congreso Constituyente.

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