Exhorta IZAI a no sextear y proteger su información

Zacatecas ocupa el tercer lugar nacional en ciberacoso

Ntimex

  · miércoles 31 de julio de 2019

El IZAI refirió la importancia de proteger los datos personales ante el incremento del intercambio de información a través de los medios electrónicos y redes sociales / imagen ilustrativa unplash

Zacatecas ocupa el tercer lugar nacional en ciberacoso, delito que se deriva en muchas ocasiones de la práctica del sexting o sextear, que es el intercambio consentido de contenido sexual vía electrónica entre dos personas.

Según el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), el estado está en la tercera posición con el número de casos más altos, por lo que el Instituto Zacatecano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IZAI) llamó a la población a no sextear y proteger su información.

La advertencia la hizo respaldado en los datos de el Módulo sobre Ciber Acoso (Mociba), que muestran que al menos nueve millones de mujeres han experimentado algún tipo de violencia digital.

Además, refirió el estudio sobre los “Hábitos de los Usuarios de Internet en México 2018”, en su edición 14 de la Asociación de Internet.mx, que menciona a 79.1 millones de usuarios de internet.

Enfatizó que los mexicanos que cuentan con acceso a internet poseen en promedio cinco redes sociales y casi la totalidad de los internautas del país usan Facebook y nueve de cada 10 tienen Whatsapp.

Por ello, el IZAI refirió la importancia de proteger los datos personales ante el incremento del intercambio de información a través de los medios electrónicos y redes sociales, especialmente cuando se trata de contenido que puede ser erótico o pornográfico.

Al reconocer que el sexting es una práctica que se ha vuelto más frecuente advirtió sobre sus principales riegos, que es la probable utilización de los contenidos que podrían comprometer y perjudicar la reputación de las personas implicadas, su honor e imagen.

También podría darse porno-venganza, es decir, que una vez terminada una relación, alguno de los involucrados difunda y propague contenidos íntimos de la antigua pareja, a fin de dañar su reputación.

Otro caso sería la sextorsión, ejercida por el receptor de las imágenes o videos para obligar a la víctima a acceder a sus órdenes.

Ante las múltiples situaciones, el IZAI refirió las recientes modificaciones legislativas al Código Penal estatal para sancionar y proteger la privacidad sexual, sobre todo de las mujeres, que entrará en vigor el 1 de enero de 2020.