Este domingo 15 de enero entró en vigor el nuevo reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, que prohíbe consumir cigarros en restaurantes, bares y discotecas, así como la exhibición de cajetillas en establecimientos comerciales, tiendas de conveniencia y de autoservicio.
¿En qué lugares está prohibido fumar?
- Oficinas
- Centros de Trabajo
- Restaurantes
- Hoteles
- Parques
- Playas
- Transporte público
Escuelas públicas y privadas de todos los niveles educativos
Espacios de concurrencia colectiva
- Hoteles
- Estadios
- Sitios marcados con la leyenda “Espacio libre de humo”
- Plazas Comerciales
- Lugares donde se encuentren niñas, niños y adolescentes.
¿Dónde sí se podrá fumar?
Aquellas personas que consumen productos del tabaco podrán hacerlo en un espacio destinado para fumar.
Las zonas exclusivas para fumadores deberán ubicarse únicamente en espacios al aire libre y deberán estar ubicadas en un cerco perimetral al menos diez metros de las entradas, accesos, salidas o cualquier lugar obligado donde las personas pasen o se congreguen.
Contar con la señalización que prohíbe la entrada a menores de edad, la cual debe ser visible y adecuada.
¿Quién sancionará?
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios ( Cofepris) es la garante de vigilar la correcta implementación del reglamento, así como las eventuales sanciones por su incumplimiento
En México hay cerca de 16 millones de personas fumadoras y cada día fallecen más de 173 personas por enfermedades asociadas al tabaquismo.