Emiten terna para nueva magistrada del TSJZ

Juan Castro

  · jueves 22 de febrero de 2018

Zacatecas, Zac.- El gobernador del estado, Alejandro TelloCristerna, emitió la terna para ocupar un lugar de magistrada delTribunal Superior de Justicia del Estado, que está integrada porNorma Araceli Pérez Jiménez, Beatriz Elena del Refugio NavejasRamos y Lucía Verónica Sánchez Padilla.

Norma Araceli Pérez Jiménez

La licenciada en derecho Norma Araceli Pérez Jiménez, actualjueza Segunda del Ramo Familiar del distrito judicial de Fresnillo,cargo que ocupa desde el año de 2016 a la fecha.

Se ha desempeñado en el Poder Judicial del Estado comosecretaria auxiliar, secretaria de Estudio y Cuenta, secretaria deAcuerdos y Jueza en las materias civiles, mercantil, familiar ypenal.

Respecto a su formación académica, se refiere que estudió lalicenciatura en la Facultad de Derecho de la Universidad Autónomade Zacatecas, posteriormente estudió la maestría en Amparo en laUniversidad Autónoma de Durango Campus Zacatecas, en el año 2009cursó la especialidad sobre el Nuevo Sistema AcusatorioAdversarial y la especialidad de Derecho Civil en la EscuelaJudicial del Poder Judicial del Estado.

Cuenta además con diversos diplomados y cursos en materiaprocesal constitucional, impartición de justicia con perspectivade género, juicio oral, mercantil, redacción de sentencias,interpretación y argumentación judiciales, entre otros.

Actualmente es pasante el doctorado de Administración deJusticia en la referida Escuela Judicial.

Beatriz Elena del Refugio Naveja Ramos

Actualmente se ostenta como secretaria general de Acuerdos delTribunal Superior de Justicia del Estado de Zacatecas.

Desde 1984 se ha desempeñado como funcionaria judicial en laentidad, se ha desempeñado dentro del Poder Judicial comosecretaria Auxiliar, secretaria Especializada y secretaria deAcuerdos de juzgados en la materia civil, familiar y penal, ademásde fungir como Jueza de primera instancia de las materia civil,penal, familiar y mercantil.

Respecto a su carrera académica, realizó sus estudios delicenciatura en la entonces Facultad de Derecho de la UniversidadAutónoma de Zacatecas, estudió un curso de sociología jurídicaen el Instituto Internacional de Sociología en Oñati,España.

Posteriormente, cursó la especialidad de derecho procesalmercantil y civil en la Universidad Panamericana campusGuadalajara, además de una especialidad en Contratos en la mismaUniversidad.

Luego cursó la especialidad en el sistema acusatorioadversarial de la Escuela Judicial del Poder Judicial del Estado,donde actualmente cursa la maestría en Derecho Civil.

Lucía Verónica Sánchez Padilla

Actualmente ocupa la titularidad del Juzgado Primero de PrimeraInstancia y de lo Familiar del Distrito Judicial de Sombrerete,Zacatecas.

En su trayectoria profesional se ha desempeñado desde el añode 1994 dentro del Poder Judicial del Estado como activista,oficial notificador, secretaria auxiliar, secretaria de acuerdos yJueza de Primera Instancia de los ramos familiar, civil ymercantil.

Por lo que respecta a su trayectoria académica, cursó lalicenciatura de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónomade Zacatecas y cuenta con grado de maestría en Administración porparte de la Escuela Judicial del Poder Judicial del Estado.

Adicionalmente, cuenta con diplomados y cursos en materia dederecho civil, procedimiento penal y civil, derecho procesalconstitucional, derecho notarial, función jurisdiccional yargumentación jurídica, entre otros, a través de distintasinstituciones académicas de la región.

El Congreso del Estado definirá

La definición estará a cargo del Congreso del Estado, quiendeberá votar por algunas de las integrantes de la terna.

El documento que contiene la terna señala que todas las buenasintenciones del legislador y toda la ordenación justa del derechono sirve de nada a los miembros de la comunidad, si la seguridad dela realización del derecho no aparece garantizada por Tribunalesimparciales y competentes.

El constituyente mexicano ha recogido este criterio en elartículo 116 de la Constitución Política los Estados UnidosMexicanos y señala que el poder público se dividirá para suejercicio en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y no podránreunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona ocorporación, ni depositarse el legislativo en un soloindividuo.

En la fracción tercera, específica para el Poder Judicial delas entidades federativas establece que el Poder Judicial de losestados se ejercerá por los Tribunales que establezcan lasConstituciones respectivas, la independencia de los magistrados yjueces en el ejercicio de las funciones deberá ser garantizado porlas Constituciones y las Leyes Orgánicas de los Estados, lascuales establecerán las condiciones para el ingreso, formación ypermanencia de quienes sirvan a los Poderes Judiciales de losestados.

Los magistrados integrantes de los Poderes Judiciales localesdeberán reunir los requisitos señalados por las fraccionesprimera y quinta del artículo 95 de esta Constitución.

No podrán ser magistrados las personas que hayan ocupado elcargo de secretario o su equivalente, procurador de Justicia odiputado local en sus respectivos estados durante el año previo eldía de la designación.

Los nombramientos de los magistrados y jueces integrantes de losPoderes Judiciales locales serán hechos preferentemente entreaquellas personas que hayan presentado sus servicios con eficienciay probidad en la administración de justicia o que lo merezcan porsu honorabilidad, competencia y antecedentes en otras ramas de laprofesión jurídica.

Los magistrados durarán en el ejercicio de su encargo el tiempoque señalen las Constituciones locales, podrán ser reelectos y sino lo fueren sólo podrán ser privados de sus puestos en lostérminos que determinen las Constituciones y las Leyes deResponsabilidades de los Servidores Públicos de los Estados.

Los magistrados y los jueces percibirán una remuneraciónadecuada e irrenunciable, la cual no podrá ser disminuida durantesu encargo.

El pasado 28 de enero se dio la vacancia de la magistratura queocupó durante 14 años Leonor Varela Parga, corresponde al titulardel Poder Ejecutivo someter una terna a la Legislatura del Estadopara que nombre a la persona que ocupará dicha vacante.

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