/ lunes 17 de julio de 2023

Eliminan prisión preventiva oficiosa en Zacatecas y otros 17 estados

Los jueces que reciban amparos de personas procesadas por delitos con prisión preventiva de oficio deberán conceder suspensiones provisionales

El Pleno Regional en Materia Penal de la Región Centro-Norte del Poder Judicial de la Federación, eliminó la prisión preventiva oficiosa en Zacatecas y en otros 17 estados con base en una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH).

Con la aprobación de la jurisprudencia obligatoria, los jueces que reciban amparos de personas procesadas por delitos con prisión preventiva de oficio deberán conceder suspensiones provisionales para que lleven sus procedimientos penales fuera de la cárcel.

Los integrantes del pleno consideraron las sentencias dictadas en noviembre del 2022 por la CoIDH en los casos Tzompaxtle Tecpile y García Rodríguez, en las que ordenaron al Estado mexicano eliminar esta medida cautelar de las leyes vigentes.

El fallo de la Corte Interamericana califica a la prisión preventiva oficiosa y el arraigo domiciliario como contrarios a la Convención Americana de Derechos Humanos.

La jurisprudencia será obligatoria en

  • Zacatecas
  • Aguascalientes
  • Ciudad de México
  • Estado de México
  • Nuevo León
  • Sonora
  • Coahuila
  • San Luis Potosí
  • Sinaloa
  • Baja California
  • Guanajuato,
  • Chihuahua
  • Tamaulipas
  • Querétaro
  • Nayarit
  • Durango
  • Baja California Sur
  • Tlaxcala.

Cerca de 800 personas concluyeron el 2022 en cárceles de Zacatecas sin tener una sentencia condenatoria. Según datos la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), entonces el 34% de las dos mil 358 Personas Privadas de su Libertad (PPL), no tenían una condena en el estado.

De los 806 presos sin sentencia, 600 son del fuero común y 206 del federal, informó la dependencia estatal en respuesta a una solicitud de información.

El Pleno Regional en Materia Penal de la Región Centro-Norte del Poder Judicial de la Federación, eliminó la prisión preventiva oficiosa en Zacatecas y en otros 17 estados con base en una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH).

Con la aprobación de la jurisprudencia obligatoria, los jueces que reciban amparos de personas procesadas por delitos con prisión preventiva de oficio deberán conceder suspensiones provisionales para que lleven sus procedimientos penales fuera de la cárcel.

Los integrantes del pleno consideraron las sentencias dictadas en noviembre del 2022 por la CoIDH en los casos Tzompaxtle Tecpile y García Rodríguez, en las que ordenaron al Estado mexicano eliminar esta medida cautelar de las leyes vigentes.

El fallo de la Corte Interamericana califica a la prisión preventiva oficiosa y el arraigo domiciliario como contrarios a la Convención Americana de Derechos Humanos.

La jurisprudencia será obligatoria en

  • Zacatecas
  • Aguascalientes
  • Ciudad de México
  • Estado de México
  • Nuevo León
  • Sonora
  • Coahuila
  • San Luis Potosí
  • Sinaloa
  • Baja California
  • Guanajuato,
  • Chihuahua
  • Tamaulipas
  • Querétaro
  • Nayarit
  • Durango
  • Baja California Sur
  • Tlaxcala.

Cerca de 800 personas concluyeron el 2022 en cárceles de Zacatecas sin tener una sentencia condenatoria. Según datos la Secretaría de Seguridad Pública (SSP), entonces el 34% de las dos mil 358 Personas Privadas de su Libertad (PPL), no tenían una condena en el estado.

De los 806 presos sin sentencia, 600 son del fuero común y 206 del federal, informó la dependencia estatal en respuesta a una solicitud de información.

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