Conagua suspende temporalmente trámites directos en oficinas

El 90 por ciento de los trámites se puede realizar a través del sistema Con@gua en Líne@

Héctor Román│El Sol de Zacatecas

  · miércoles 8 de abril de 2020

Son sólo cinco los trámites que no pueden ser atendidos por el sistema en línea / Cortesía│Conagua

La Comisión Nacional del Agua (Conagua) informó que derivado de la contingencia sanitaria derivada de la pandemia de Covid-19, se suspendió de manera temporal el servicio de atención en oficinas. El 90 por ciento de los trámites que se realiza esta dependencia se podrán tramitar a través del sistema Con@gua en Líne@.

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Con@gua en Line@ está dispible en la página de internet de la Conagua en la dirección https://bit.ly/3apjk2N, donde los usuarios podrán realizar los siguientes trámites:

-Permiso de descarga de aguas residuales

-Concesión/asignación de aguas nacionales superficiales

-Concesión/asignación de aguas nacionales subterráneas

-Concesión para la ocupación de terrenos federales cuya administración competa a la Comisión Nacional del Agua

-Modificación de título o permiso

-Transmisión de derechos de título

-Prórroga de título y/o permiso

-Permiso para realizar obras de infraestructura hidráulica

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Los únicos cinco trámites que no pueden ser atendidos por el sistema en línea, ya que requieren de la presencia de los interesados en ventanilla son:

-Certificado de calidad del agua

-Concesión para la extracción de materiales

-Consulta al Registro Público de Derechos de Agua y expedición de certificado, ya sea de existencia o inexistencia

-Aviso para solicitar la interrupción de caducidad de derechos de agua relativos a volúmenes de agua no utilizados

-Aviso de descarga de aguas residuales en localidades que carezcan de sistema de alcantarillado y saneamiento

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Es importante señalar que a la fecha han sido decretados como inhábiles para fines de vencimientos los días 23 al 27, 30 y 31 de marzo, así como del 1 al 3, 6 al 10 y del 13 al 17 de abril del presente año, por lo que las solicitudes de prórrogas de concesiones cuya vigencia venza en estas fechas, de conformidad con el artículo 29 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, deberá presentarse el siguiente día hábil, es decir el 20 de abril de 2020.

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