El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Zacatecas, en Sesión Extraordinaria, aprobó la redistribución del financiamiento público para el sostenimiento y desarrollo ordinario de las actividades permanentes y actividades específicas de los partidos políticos nacionales y locales correspondientes al ejercicio fiscal 2020, en virtud de la acreditación del Partido Político Nacional Encuentro Solidario.
Por lo anterior, se establece que el monto del financiamiento público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes y las actividades específicas del Partido Políticos Nacional Encuentro Solidario, de los meses de septiembre a diciembre de 2020, son por las cantidades de 365 mil 105 pesos y 13 mil 691 pesos, respectivamente.
En el artículo 50 de la Ley General de Partidos Políticos, menciona que los partidos políticos, para desarrollar sus actividades, tienen derecho a recibir financiamiento público que se distribuirá de manera equitativa, conforme a lo establecido en el artículo 41, Base II de la Constitución Federal, así como lo dispuesto en las constituciones locales, el cual deberá prevalecer sobre otros tipos de financiamiento y será destinado para el sostenimiento de actividades ordinarias permanentes, gastos de procesos electorales y para actividades específicas como entidades de interés público.
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Además, los partidos políticos, para la educación y capacitación política, investigación socioeconómica y política, así como las tareas editoriales de los partidos políticos nacionales, serán apoyadas mediante financiamiento público, por un monto total anual equivalente al 3 por ciento del que corresponda en el mismo año para las actividades ordinarias a que se refiere el inciso a) del referido artículo, el monto total será distribuido en los términos establecidos en la fracción II del inciso citado.
Por lo tanto, como consecuencia de la intención expresa del Constituyente de no permitir el crecimiento de la “bolsa” para el financiamiento público de los partidos políticos ante el incremento en el número de institutos políticos, el Consejo General procederá a la determinación del financiamiento público de actividades ordinarias permanentes y actividades específicas, estableciendo como reserva que los montos de financiamiento público correspondientes a cada instituto político podrían ser modificados de nueva cuenta, si se llegara a presentar el supuesto de que se acredite a otro partido político nacional ante el Consejo General del Instituto Electoral.
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