/ martes 4 de diciembre de 2018

No ha notificado SCJN a gobernador de Zacatecas sobre invalidez de presupuesto

Este martes ese organismo decidirá los efectos que se le impriman a la ejecutoría

Zacatecas, Zac.- El Secretario de Finanzas, Jorge Miranda Castro, informó que el Poder Ejecutivo no ha sido notificado sobre la resolución tomada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sobre un amparo promovido en contra del Paquete Económico 2018 de Zacatecas, y aún resta que se decida sobre cuáles serán los efectos que se le impriman a la ejecutoría.

El responsable de las finanzas estatales manifestó que una vez que la SCJN concluya el procedimiento de resolución y notifique formalmente a la Legislatura del Estado y al Poder Ejecutivo, se conocerán los efectos legales conducentes.

Compartimos contigo: Invalida SCJN Paquete Económico 2018 de Zacatecas

Jorge Miranda Castro dijo que sólo se ha enterado de la resolución de la SCJN a través de los medios de comunicación y la calificó como extemporánea, pues el Presupuesto de Egresos 2018 ya ha sido ejercido casi en su totalidad.

La resolución es como si hubieran sentenciado a cadena perpetua a una persona que ya murió.

Para el caso, el Secretario de Finanzas estableció que las disposiciones fiscales referidas a las leyes de ingresos y decretos de presupuestos de egresos tienen la naturaleza de ser disposiciones de vigencia anual, lo que se traduce en que sus efectos se agotan de cualquier manera al cierre del ejercicio para el cual fueron hechas, excepto por lo que hace al principio de reconducción presupuestal.

Aquí te lo informamos: Invalidación del Presupuesto sienta precedente: Geovanna Bañuelos

Sobre este último tema, precisó que al declararse la invalidez del Proceso Legislativo y con ello la aprobación de los ordenamientos legales que constituyen el paquete económico para el ejercicio fiscal 2018, su efecto inmediato es restarle vigencia o eficacia jurídica -como si no hubiese nacido a la vida jurídica.

La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas dispone, en su artículo 65, fracción XII, segundo párrafo, que: "Cuando por cualquier circunstancia no llegaren a aprobarse tales ordenamientos, se aplicarán la Ley de Ingresos o el Presupuesto de Egresos que rigieron en el año fiscal anterior."

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El Secretario de Finanzas subrayó que la declaratoria de invalidez así decretada por la SCJN debe tomarse con toda seriedad y responsabilidad que atañe el caso.

En este sentido, la Corte discutirá este martes los efectos de su sentencia, pero estos no pueden ser retroactivos, por lo que no será afectado el cobro de impuestos estatales realizado hasta ahora, ni las erogaciones presupuestales ya ejecutadas por las dependencias respectivas.

Cualquier efecto que acuerden los ministros sólo aplicará para los días que restan del año y, probablemente, serán subsanables aplicando en automático las normas que estuvieron vigentes para 2017.

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Para el caso, el Secretario de Finanzas estableció que las disposiciones fiscales referidas a las leyes de ingresos y decretos de presupuestos de egresos tienen la naturaleza de ser disposiciones de vigencia anual, lo que se traduce en que sus efectos se agotan de cualquier manera al cierre del ejercicio para el cual fueron hechas, excepto por lo que hace al principio de reconducción presupuestal.

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La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas dispone, en su artículo 65, fracción XII, segundo párrafo, que: "Cuando por cualquier circunstancia no llegaren a aprobarse tales ordenamientos, se aplicarán la Ley de Ingresos o el Presupuesto de Egresos que rigieron en el año fiscal anterior."

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