/ miércoles 27 de marzo de 2024

INE Zacatecas niega candidatura a Ulises Mejía Haro

Los consejeros votaron por confirmar la resolución del Consejo Distrital 03

En sesión extraordinaria del Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en Zacatecas, celebrada la noche de este miércoles, se negó la candidatura de Ulises Mejía Haro a la candidatura a la diputación federal, ya que incumple el requisito de ser firmada por la representación del partido al que se sigló la candidatura en el Convenio de Coalición “Sigamos haciendo historia” (Morena-PVEM-PT).

Durante la sesión, se aprobó un proyecto de resolución crucial en relación con el recurso de revisión interpuesto por la representación de Morena, así como los Recursos de apelación presentados por dicho partido contra el Acuerdo del 03 Consejo Distrital del INE en Zacatecas. Este acuerdo aprobó los registros de las fórmulas de candidaturas a Diputaciones Federales.

Matías Chiquito Díaz de León, consejero presidente del INE, ofreció una detallada cronología de los eventos que llevaron a esta resolución, fundamentada en el Artículo 281 del Reglamento de elecciones, el cual estipula que el partido al que pertenezca la candidatura es el responsable de solicitar su registro.

La coalición "Sigamos haciendo historia", integrada por Morena, el Partido Verde y el Partido del Trabajo (PT), estableció que este último partido recibiría la candidatura del Distrito 03. Sin embargo, surgieron discrepancias cuando el PT presentó la candidatura el 15 de febrero, respaldada por la firma de su representante ante el Consejo General del INE, a favor de Alfredo Femat Bañuelos. Posteriormente, el 21 de febrero, se presentó otra solicitud ante el Consejo Distrital de INE Zacatecas, respaldada por la representación de Morena, a favor de Ulises Mejía Haro.

El recurso de apelación de Morena busca que el Consejo Distrital tome en cuenta su solicitud del 21 de febrero, respaldada por la documentación de la Comisión coordinadora de la coalición, argumentando que esta comisión es el máximo órgano de representación de la coalición y que sus decisiones son válidas con el voto de la mayoría de sus integrantes. Sin embargo, cualquier modificación al convenio de coalición debe ser aprobada por el Consejo General del INE.

A pesar de que se modificó el siglado para las candidaturas al Senado de la República el 21 de febrero, el siglado para las diputaciones federales no se alteró.

El Consejo Distrital determinó que la candidatura registrable era la presentada por el PT, siguiendo el reglamento electoral y las cláusulas del convenio de coalición.

Tras presentarse dos recursos de apelación ante distintas instancias, se ordenó al Consejo Distrital que diera publicidad al medio de impugnación durante 72 horas. Posteriormente, tras elaborar un informe circunstanciado, se envió a las entidades pertinentes.

La Sala Monterrey decidió reencauzar el recurso de apelación a un recurso de revisión y lo envió al Consejo Local. Mientras que la Sala Superior determinó que la competencia para resolver el recurso de apelación correspondía a la Sala Regional Monterrey.

La resolución del Consejo Local es recurrible en la vía de apelación ante la Sala Regional Monterrey.

Finalmente, el Consejo Local votó para confirmar la resolución del Consejo Distrital 03, denegando el registro de la candidatura de Ulises Mejía Haro por no cumplir con el requisito de estar respaldada por la representación del partido designado en el convenio de coalición, que es el PT.

En sesión extraordinaria del Consejo Local del Instituto Nacional Electoral (INE) en Zacatecas, celebrada la noche de este miércoles, se negó la candidatura de Ulises Mejía Haro a la candidatura a la diputación federal, ya que incumple el requisito de ser firmada por la representación del partido al que se sigló la candidatura en el Convenio de Coalición “Sigamos haciendo historia” (Morena-PVEM-PT).

Durante la sesión, se aprobó un proyecto de resolución crucial en relación con el recurso de revisión interpuesto por la representación de Morena, así como los Recursos de apelación presentados por dicho partido contra el Acuerdo del 03 Consejo Distrital del INE en Zacatecas. Este acuerdo aprobó los registros de las fórmulas de candidaturas a Diputaciones Federales.

Matías Chiquito Díaz de León, consejero presidente del INE, ofreció una detallada cronología de los eventos que llevaron a esta resolución, fundamentada en el Artículo 281 del Reglamento de elecciones, el cual estipula que el partido al que pertenezca la candidatura es el responsable de solicitar su registro.

La coalición "Sigamos haciendo historia", integrada por Morena, el Partido Verde y el Partido del Trabajo (PT), estableció que este último partido recibiría la candidatura del Distrito 03. Sin embargo, surgieron discrepancias cuando el PT presentó la candidatura el 15 de febrero, respaldada por la firma de su representante ante el Consejo General del INE, a favor de Alfredo Femat Bañuelos. Posteriormente, el 21 de febrero, se presentó otra solicitud ante el Consejo Distrital de INE Zacatecas, respaldada por la representación de Morena, a favor de Ulises Mejía Haro.

El recurso de apelación de Morena busca que el Consejo Distrital tome en cuenta su solicitud del 21 de febrero, respaldada por la documentación de la Comisión coordinadora de la coalición, argumentando que esta comisión es el máximo órgano de representación de la coalición y que sus decisiones son válidas con el voto de la mayoría de sus integrantes. Sin embargo, cualquier modificación al convenio de coalición debe ser aprobada por el Consejo General del INE.

A pesar de que se modificó el siglado para las candidaturas al Senado de la República el 21 de febrero, el siglado para las diputaciones federales no se alteró.

El Consejo Distrital determinó que la candidatura registrable era la presentada por el PT, siguiendo el reglamento electoral y las cláusulas del convenio de coalición.

Tras presentarse dos recursos de apelación ante distintas instancias, se ordenó al Consejo Distrital que diera publicidad al medio de impugnación durante 72 horas. Posteriormente, tras elaborar un informe circunstanciado, se envió a las entidades pertinentes.

La Sala Monterrey decidió reencauzar el recurso de apelación a un recurso de revisión y lo envió al Consejo Local. Mientras que la Sala Superior determinó que la competencia para resolver el recurso de apelación correspondía a la Sala Regional Monterrey.

La resolución del Consejo Local es recurrible en la vía de apelación ante la Sala Regional Monterrey.

Finalmente, el Consejo Local votó para confirmar la resolución del Consejo Distrital 03, denegando el registro de la candidatura de Ulises Mejía Haro por no cumplir con el requisito de estar respaldada por la representación del partido designado en el convenio de coalición, que es el PT.

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