Zacatecas en cuarentena por enfermedad de los conejos

Queda prohibida la comercialización y movilización de conejos en pie y sus canales

Rosaura Rincón | El Sol de Zacatecas

  · martes 2 de marzo de 2021

El lugar donde permanecen los animales debe desinfectarse y sacrificar los conejos. / Imagen ilustrativa | ArtificialOG │ Pixabay

Zacatecas fue declarada en cuarentena, en tanto se controla la enfermedad hemorrágica de los conejos tipo 2 (EHVC2), según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) y que entró en vigor ayer lunes 1 de marzo.

La activación e integración del Dispositivo Nacional de Emergencia Sanitaria Animal (Dinesa) se estableció en los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Durango, San Luis Potosí y Zacatecas, mientras se controla la enfermedad.

La medida de cuarentena, según lo publicado en el Diario Oficial de la Federación se basa en el artículo 134 del Reglamento de la Ley Federal de Sanidad Animal, que “cualquier incumplimiento será sancionado”, pues se tiene la finalidad de disminuir el impacto económico y social que puede causar la hemorragia al país, así como se busca prevenir su diseminación dentro del territorio nacional.

Dentro de los parámetros de la cuarentena quedará prohibida la comercialización y movilización de conejos en pie y sus canales, pieles, vísceras, despojos y todos aquellos materiales empleados en la actividad cunícola.

Se deberá seguir el Manual de procedimientos de cuarentena y control en la movilización de la especie y se establecerán las siguientes reglas zoosanitarias para efectuarlo:

  • Se deberá ejercer una estrecha vigilancia sobre la movilización que se registra entre las personas, alimentos y otras especies de animales.
  • Desinfección de los equipos e instrumentos que hayan estado en contacto con los conejos infectados.
  • Los conejos que mueran por la epizootia, camas y otros desechos alimenticios utilizados por éstos, deberán ser incinerados o enterrados a un metro de profundidad.
  • Cualquier persona relacionada con la producción cunícola, deberán notificar al Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (Senasica) o en cualquier oficina de la Secretaría, respecto a muertes de conejos de su propiedad o silvestres.

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Por último, el decreto establece que la Sader, a través de la Senasica, coordinará las acciones inmediatas de control en aquellos lugares donde se vaya presentando la enfermedad y que difundirá por todos los medios posibles las medidas de sanidad.

Bajo estos lineamientos, todos los propietarios, intermediarios, comercializadores y aquellas personas relacionadas con la actividad cunícola deberán cumplir este decreto que entrará en vigor el lunes 1° de marzo.

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En agosto de 2020 se detectó el brote de la enfermedad, en ese entonces sólo una granja resultó afectada y, se sacrificó a todos los conejos, se consideró que liebres de campo también fueron afectadas.

La enfermedad solo se contagia entre liebres y ratas, aunque sí se puede transmitir a una persona que haya estado en contacto con un animal infectado; los síntomas son fiebre, ansiedad y falta de apetito, lo que ocasiona la muerte del animal.

El lugar donde permanecen los animales debe desinfectarse y sacrificar los conejos.

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