/ jueves 1 de agosto de 2024

Los derechos de los trabajadores serán respetados

Amigas y amigos que nos siguen en este espacio de opinión soy su amigo Saúl Monreal, lo que abunda no daña, esto lo menciono porque podría parecer que la discusión acerca de la Reforma judicial en todo el país, en los diálogos que se están llevando a cabo organizados por la comisión de puntos constitucionales de la cámara de diputados, en las asambleas ciudadanas de información que está realizando el partido Morena, y en los diferentes foros en todas las ciudades de México, deberían ya de haberle brindado una información suficiente a los ciudadanos como para tener una opinión muy clara.

Sin embargo, amigas y amigos, me parece que todavía prevalece en una parte de la población y específicamente en los trabajadores del poder judicial, una información que quizá les han hecho llegar de manera malintencionada, dolosa o distorsionada de la propuesta de la Reforma judicial que plantea el presidente López Obrador.

Hace apenas unos días tuve la oportunidad de reunirme en un foro que organizaron algunos juristas y abogados, en compañía de jueces de distrito, de trabajadores y trabajadoras del poder judicial, de estudiantes, y de algunos académicos en la Universidad de Durango.

Llegó un momento en que la confusión y el rechazo a la reforma judicial que planteaban estos trabajadores era porque pensaban que se verían afectados sus derechos laborales, en ese instante les leí el artículo décimo transitorio de la Reforma propuesta donde dice a la letra: "Para efectos de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 100 constitucional reformado en este Decreto, los derechos laborales de las personas trabajadoras del Poder Judicial de la Federación serán respetados en su totalidad. Los presupuestos de egresos del ejercicio fiscal que corresponda considerarán los recursos necesarios para el pago de pensiones complementarias, apoyos médicos y otras obligaciones de carácter laboral, en los términos que establezcan las leyes o las condiciones generales de trabajo."; cabe mencionar que las trabajadoras y trabajadores del poder judicial desconocían en su totalidad este artículo décimo transitorio donde sin temor a redundar les repito: los derechos de los más de 50,000 trabajadores del poder judicial de la federación, sus conquistas laborales, sus condiciones generales de trabajo, y todos los derechos que con el tiempo han ganado, serán respetados en su totalidad.

La reforma judicial en cuestión de recursos humanos ,únicamente se refiere y se dirige a la elección de los ministros de la corte, de magistrados de todos los tribunales de circuito y de los jueces de distrito en el país, en su total 1643 servidores públicos de confianza, q son los ya mencionados y en cuestión salarial o presupuestal se refiere a que se respete el artículo 127 constitucional , es decir, el tope de salarios, donde nadie debe ganar más que el presidente de la república.

En cuestión administrativa esta reforma se refiere a la supresión del consejo de la judicatura federal para crear dos órganos: el tribunal de disciplina judicial que se encargará de verificar el desempeño y el trabajo de jueces magistrados y ministros, y un órgano de administración judicial que se encargará precisamente de administrar todo lo que sucede en el poder judicial de la federación.

Amigas y amigos que nos siguen en este espacio de opinión soy su amigo Saúl Monreal, lo que abunda no daña, esto lo menciono porque podría parecer que la discusión acerca de la Reforma judicial en todo el país, en los diálogos que se están llevando a cabo organizados por la comisión de puntos constitucionales de la cámara de diputados, en las asambleas ciudadanas de información que está realizando el partido Morena, y en los diferentes foros en todas las ciudades de México, deberían ya de haberle brindado una información suficiente a los ciudadanos como para tener una opinión muy clara.

Sin embargo, amigas y amigos, me parece que todavía prevalece en una parte de la población y específicamente en los trabajadores del poder judicial, una información que quizá les han hecho llegar de manera malintencionada, dolosa o distorsionada de la propuesta de la Reforma judicial que plantea el presidente López Obrador.

Hace apenas unos días tuve la oportunidad de reunirme en un foro que organizaron algunos juristas y abogados, en compañía de jueces de distrito, de trabajadores y trabajadoras del poder judicial, de estudiantes, y de algunos académicos en la Universidad de Durango.

Llegó un momento en que la confusión y el rechazo a la reforma judicial que planteaban estos trabajadores era porque pensaban que se verían afectados sus derechos laborales, en ese instante les leí el artículo décimo transitorio de la Reforma propuesta donde dice a la letra: "Para efectos de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 100 constitucional reformado en este Decreto, los derechos laborales de las personas trabajadoras del Poder Judicial de la Federación serán respetados en su totalidad. Los presupuestos de egresos del ejercicio fiscal que corresponda considerarán los recursos necesarios para el pago de pensiones complementarias, apoyos médicos y otras obligaciones de carácter laboral, en los términos que establezcan las leyes o las condiciones generales de trabajo."; cabe mencionar que las trabajadoras y trabajadores del poder judicial desconocían en su totalidad este artículo décimo transitorio donde sin temor a redundar les repito: los derechos de los más de 50,000 trabajadores del poder judicial de la federación, sus conquistas laborales, sus condiciones generales de trabajo, y todos los derechos que con el tiempo han ganado, serán respetados en su totalidad.

La reforma judicial en cuestión de recursos humanos ,únicamente se refiere y se dirige a la elección de los ministros de la corte, de magistrados de todos los tribunales de circuito y de los jueces de distrito en el país, en su total 1643 servidores públicos de confianza, q son los ya mencionados y en cuestión salarial o presupuestal se refiere a que se respete el artículo 127 constitucional , es decir, el tope de salarios, donde nadie debe ganar más que el presidente de la república.

En cuestión administrativa esta reforma se refiere a la supresión del consejo de la judicatura federal para crear dos órganos: el tribunal de disciplina judicial que se encargará de verificar el desempeño y el trabajo de jueces magistrados y ministros, y un órgano de administración judicial que se encargará precisamente de administrar todo lo que sucede en el poder judicial de la federación.