/ viernes 19 de julio de 2024

La reforma al Poder Judicial Federal

En esta ocasión quiero aprovechar este magnífico espacio periodístico, para manifestar mi opinión en el tema tan escabroso y actual en torno a la reforma al Poder Judicial Federal, sin ningún afán ni interés político o de algún otro tipo, solamente lo hago desde mi experiencia en el litigio de más de 25 años en el ejercicio profesional y en la defensa a grupos vulnerables. Y ante ello NO puedo quedarme inerte ante esa avasalladora reforma que no modifica cuestiones sustanciales que ayuden o protejan al ciudadano que solicita el Amparo y protección judicial tanto en la decisión de casos, como en la tutela de Derechos Humanos.

La reforma al Poder Judicial federal presentada en febrero de este año ha causado un impacto en el gremio jurisdiccional, dejando de lado al ámbito político que es desde donde se está impulsando; quiero resaltar la malévola, insana e indebida propuesta del Poder Ejecutivo Federal. Dicha reforma también alcanzara a los Poderes Judiciales Estatales quienes deberán establecer reglas para la elección de sus Jueces y Magistrados.

Nuestro país se encuentra representado en un Poder Supremo de la Federación, mismo que está divido en tres poderes según lo establece el artículo 49 de la Constitución que se divide en Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, mismos que no podrán estar reunidos en una sola persona, y si bien recordamos los que somos abogados desde la teoría del filósofo francés Montesquieu y posteriormente John Locke, señalaban la división de poderes, donde las decisiones no debían concentrarse, sino que cada poder debía auto controlarse a El caso mexicano y la reforma judicial planteada está justificada por la “creencia “o “sofisma “de una red de corrupción y nepotismo además de los altos salarios de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin embargo, no se consideran las cargas de trabajo excesivas, las extensas jornadas, los altísimos números de amparos tanto indirectos como directos que se tramitan ante esas instancias, y demás acciones legales que llegan a los 15 mil casos que llegan a la Corte para su revisión, aun y cuando es la última instancia, pero lo más importante es la protección de garantías Constitucionales y tutela de Derechos Humanos que debe regir, son temas demasiado sensibles para los ciudadanos. Las resoluciones que he revisado y han sido favorables en el ejercicio profesional son sumamente estrictas en su redacción, ortografía, sintaxis y sobre todo la exhaustividad en el análisis de fondo que hacen de los asuntos ante ellos planteados y jamás se me ha solicitado dinero alguno para su resolución.

Es una reforma que se está avocando a cuestiones aisladas y administrativas que NO ayudaran a la verdadera impartición de justicia, ni a que evolucione como se ha hecho desde la última reforma a la Ley de Amparo y a la inclusión de tratados internacionales deles el año 2011, sino que al contrario se revierte y se retrotrae a más de 20 años provocando una involución.

Un renglón aparte lo merece el tema de la elección de los jueces por voto popular que, desde luego, no comparto y que NO debe ser al vapor llevado a cabo la organización a cargo del órgano INEC que no conoce de los temas jurídicos y los perfiles que se deben reunir, NI mucho menos que debe contarse con una especialización y profesionalización en la materia, no es para menos son los derechos de los justiciables y sobre todo DERECHOS HUMANOS lo que está en juego.

El tema del eje de los Fideicomisos que plantea la Reforma (que claro es un tema económico) es de llamar sumamente nuestra atención ya que se propone que “una vez que concluyan los juicios pendientes “deberán reintegrarse al Fondo de Pensiones para el Bienestar” ¿qué significa esto? que se siga con el presupuesto dirigido a una política demagógica y politiquera.

Por último, al final de un párrafo y muy pequeño se señala “Se respetan los derechos y prestaciones de los trabajadores” sin darle mayor importancia al tema En mi opinión y en espera de sus amables comentarios.

En esta ocasión quiero aprovechar este magnífico espacio periodístico, para manifestar mi opinión en el tema tan escabroso y actual en torno a la reforma al Poder Judicial Federal, sin ningún afán ni interés político o de algún otro tipo, solamente lo hago desde mi experiencia en el litigio de más de 25 años en el ejercicio profesional y en la defensa a grupos vulnerables. Y ante ello NO puedo quedarme inerte ante esa avasalladora reforma que no modifica cuestiones sustanciales que ayuden o protejan al ciudadano que solicita el Amparo y protección judicial tanto en la decisión de casos, como en la tutela de Derechos Humanos.

La reforma al Poder Judicial federal presentada en febrero de este año ha causado un impacto en el gremio jurisdiccional, dejando de lado al ámbito político que es desde donde se está impulsando; quiero resaltar la malévola, insana e indebida propuesta del Poder Ejecutivo Federal. Dicha reforma también alcanzara a los Poderes Judiciales Estatales quienes deberán establecer reglas para la elección de sus Jueces y Magistrados.

Nuestro país se encuentra representado en un Poder Supremo de la Federación, mismo que está divido en tres poderes según lo establece el artículo 49 de la Constitución que se divide en Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, mismos que no podrán estar reunidos en una sola persona, y si bien recordamos los que somos abogados desde la teoría del filósofo francés Montesquieu y posteriormente John Locke, señalaban la división de poderes, donde las decisiones no debían concentrarse, sino que cada poder debía auto controlarse a El caso mexicano y la reforma judicial planteada está justificada por la “creencia “o “sofisma “de una red de corrupción y nepotismo además de los altos salarios de los Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sin embargo, no se consideran las cargas de trabajo excesivas, las extensas jornadas, los altísimos números de amparos tanto indirectos como directos que se tramitan ante esas instancias, y demás acciones legales que llegan a los 15 mil casos que llegan a la Corte para su revisión, aun y cuando es la última instancia, pero lo más importante es la protección de garantías Constitucionales y tutela de Derechos Humanos que debe regir, son temas demasiado sensibles para los ciudadanos. Las resoluciones que he revisado y han sido favorables en el ejercicio profesional son sumamente estrictas en su redacción, ortografía, sintaxis y sobre todo la exhaustividad en el análisis de fondo que hacen de los asuntos ante ellos planteados y jamás se me ha solicitado dinero alguno para su resolución.

Es una reforma que se está avocando a cuestiones aisladas y administrativas que NO ayudaran a la verdadera impartición de justicia, ni a que evolucione como se ha hecho desde la última reforma a la Ley de Amparo y a la inclusión de tratados internacionales deles el año 2011, sino que al contrario se revierte y se retrotrae a más de 20 años provocando una involución.

Un renglón aparte lo merece el tema de la elección de los jueces por voto popular que, desde luego, no comparto y que NO debe ser al vapor llevado a cabo la organización a cargo del órgano INEC que no conoce de los temas jurídicos y los perfiles que se deben reunir, NI mucho menos que debe contarse con una especialización y profesionalización en la materia, no es para menos son los derechos de los justiciables y sobre todo DERECHOS HUMANOS lo que está en juego.

El tema del eje de los Fideicomisos que plantea la Reforma (que claro es un tema económico) es de llamar sumamente nuestra atención ya que se propone que “una vez que concluyan los juicios pendientes “deberán reintegrarse al Fondo de Pensiones para el Bienestar” ¿qué significa esto? que se siga con el presupuesto dirigido a una política demagógica y politiquera.

Por último, al final de un párrafo y muy pequeño se señala “Se respetan los derechos y prestaciones de los trabajadores” sin darle mayor importancia al tema En mi opinión y en espera de sus amables comentarios.