/ martes 22 de octubre de 2024

La discriminación laboral

En un interesante libro que hace algún tiempo edito el Consejo Nacional para prevenir la discriminación donde se abarca la discriminación que abarca desde la edad como la segregación de personas que sobrepasan o están por debajo de un determinado límite de edad, ya sea evitando su contratación o suspendiendo su desarrollo en la empresa. La publicación de ofertas de empleo en las que se especifica el límite de edad para los aspirantes es una práctica común en las empresas.

Las empresas excluyen sistemáticamente a las trabajadoras mayores de ocupaciones como cargos de secretarias, dependientas y personal de servicio, para los que prefieren mujeres de apariencia juvenil y menores de treinta años. También se discrimina a los empleados mediante la imposición de límites de edad para la formación profesional.

El texto es certero al aseverar que la discriminación hacia los jóvenes de entre 18 y 25 años es también un problema respecto del cual se tienen que emprender acciones. Puesto que muchas ofertas fijan un límite de edad entre 25 y 35 años de edad o incluyen la restricción: experiencia profesional requerida, lo que descarta a los jóvenes recién egresados de la universidad.

Otro aspecto en el que las empresas ponen especial énfasis, es en la apariencia, siendo una forma de discriminación que se da cuando la empresa niega o limita el acceso al empleo a personas debido a sus características físicas externas o individuales como lo son el corte de cabello, el uso de barba o bigote, incluso algunas compañía segregan a las personas que tiene tatuajes, sin que esta situación tenga que ver con la aptitud que tenga que ver con las necesidades de las competencias y habilidades del puesto a ocupar.

Otro aspecto importante que se resalta en el texto, es una condición en la que, a consecuencia de una pérdida o anormalidad de una parte del cuerpo o de una función corporal se limita la ejecución de las actividades de un individuo y se restringe su participación social. Se advierte que tanto en los países en crecimiento como en los desarrollados, las personas con discapacidad tienen niveles de educación y de ingresos más bajos, y en la mayoría de los casos su capacidad de ahorro es menor que la del resto de la población. Tal situación aumenta, para quien la sufre, el riesgo de verse sumido en la pobreza, lo cual incrementa a su vez, el progreso de su discapacidad.

Un tema por demás interesante que no pierde vigencia y que toca diversos tópicos como la discriminación por género, condición económica, condición social, embarazo, estado civil, preferencia sexual, religión entre los rubros más importantes. El presente artículo se basa en la investigación de Sophie Bornot Crebessac, La discriminación de las empresas, editado por el Conapred.


En un interesante libro que hace algún tiempo edito el Consejo Nacional para prevenir la discriminación donde se abarca la discriminación que abarca desde la edad como la segregación de personas que sobrepasan o están por debajo de un determinado límite de edad, ya sea evitando su contratación o suspendiendo su desarrollo en la empresa. La publicación de ofertas de empleo en las que se especifica el límite de edad para los aspirantes es una práctica común en las empresas.

Las empresas excluyen sistemáticamente a las trabajadoras mayores de ocupaciones como cargos de secretarias, dependientas y personal de servicio, para los que prefieren mujeres de apariencia juvenil y menores de treinta años. También se discrimina a los empleados mediante la imposición de límites de edad para la formación profesional.

El texto es certero al aseverar que la discriminación hacia los jóvenes de entre 18 y 25 años es también un problema respecto del cual se tienen que emprender acciones. Puesto que muchas ofertas fijan un límite de edad entre 25 y 35 años de edad o incluyen la restricción: experiencia profesional requerida, lo que descarta a los jóvenes recién egresados de la universidad.

Otro aspecto en el que las empresas ponen especial énfasis, es en la apariencia, siendo una forma de discriminación que se da cuando la empresa niega o limita el acceso al empleo a personas debido a sus características físicas externas o individuales como lo son el corte de cabello, el uso de barba o bigote, incluso algunas compañía segregan a las personas que tiene tatuajes, sin que esta situación tenga que ver con la aptitud que tenga que ver con las necesidades de las competencias y habilidades del puesto a ocupar.

Otro aspecto importante que se resalta en el texto, es una condición en la que, a consecuencia de una pérdida o anormalidad de una parte del cuerpo o de una función corporal se limita la ejecución de las actividades de un individuo y se restringe su participación social. Se advierte que tanto en los países en crecimiento como en los desarrollados, las personas con discapacidad tienen niveles de educación y de ingresos más bajos, y en la mayoría de los casos su capacidad de ahorro es menor que la del resto de la población. Tal situación aumenta, para quien la sufre, el riesgo de verse sumido en la pobreza, lo cual incrementa a su vez, el progreso de su discapacidad.

Un tema por demás interesante que no pierde vigencia y que toca diversos tópicos como la discriminación por género, condición económica, condición social, embarazo, estado civil, preferencia sexual, religión entre los rubros más importantes. El presente artículo se basa en la investigación de Sophie Bornot Crebessac, La discriminación de las empresas, editado por el Conapred.