/ martes 8 de octubre de 2024

Jurisdicción y poder

El reciente debate sobre las reformas constitucionales aprobadas por el Congreso ha reavivado la discusión sobre los límites del poder en México. La aprobación de estas reformas era esperada, dado que habían sido ampliamente anunciadas durante la campaña: no es sorpresa y no debe haber sorprendidos. Sin embargo, el impacto de lo que se ha denominado el "plan C" ha generado una ola de recelo político, no por su contenido en sí, sino por la reacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) frente a la reforma al poder judicial.

La reforma constitucional se llevó a cabo conforme a lo estipulado en el artículo 135 de la Constitución, el cual establece que la Ley Fundamental puede ser adicionada o reformada si dos terceras partes de los individuos presentes en el Congreso de la Unión votan a favor, y si estas adiciones o reformas son aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México. A pesar de que este procedimiento fue cumplido, la SCJN ha decidido intervenir para revisar su constitucionalidad, lo que ha sido interpretado por algunos como una extralimitación de sus facultades. Este hecho ha avivado el debate en torno a la separación de poderes y las funciones que debe desempeñar la Suprema Corte en el equilibrio del poder en México.

Por un lado, quienes defienden la postura de la SCJN sostienen que una de sus funciones primordiales es la salvaguardar la Carta Magna, y en ese sentido, tiene la responsabilidad de asegurar que cualquier reforma, incluso una que haya sido aprobada de acuerdo con el proceso establecido, cumpla con los principios fundamentales del Estado de Derecho. Bajo ese entendido, la intervención de la Corte es legítima, ya que no se trata solo de un análisis formal de cómo se aprobaron las reformas, sino de si estas vulneran derechos o principios constitucionales más amplios.

Por otro lado, mucho se critica a la SCJN por su intrusión en un proceso que debería estar fuera de su competencia, dado que el poder constituyente tiene la facultad soberana de modificar la Constitución. En este escenario, la Corte estaría reinterpretando sus funciones, y es precisamente ese contexto, lo que ha motivado la reforma en cuestión y que más se le reprocha: un poder metalegal capaz de frenar reformas que, aunque legales, no coincidan con su visión particular, desde la perspectiva social.

Evidentemente son posturas que cuentan con argumentos y merecen un análisis profundo para comprender sus implicaciones en el equilibrio de poderes. Lo que no se debe permitir es satanizar las posiciones ni menos a las instituciones,pues esto solo contribuye a la polarización. En lugar de ello, el diálogo debe ser fundamental para encontrar soluciones que respeten tanto la legalidad como los principios democráticos que garantizan los derechos de todos los ciudadanos.

El reciente debate sobre las reformas constitucionales aprobadas por el Congreso ha reavivado la discusión sobre los límites del poder en México. La aprobación de estas reformas era esperada, dado que habían sido ampliamente anunciadas durante la campaña: no es sorpresa y no debe haber sorprendidos. Sin embargo, el impacto de lo que se ha denominado el "plan C" ha generado una ola de recelo político, no por su contenido en sí, sino por la reacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) frente a la reforma al poder judicial.

La reforma constitucional se llevó a cabo conforme a lo estipulado en el artículo 135 de la Constitución, el cual establece que la Ley Fundamental puede ser adicionada o reformada si dos terceras partes de los individuos presentes en el Congreso de la Unión votan a favor, y si estas adiciones o reformas son aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los Estados y de la Ciudad de México. A pesar de que este procedimiento fue cumplido, la SCJN ha decidido intervenir para revisar su constitucionalidad, lo que ha sido interpretado por algunos como una extralimitación de sus facultades. Este hecho ha avivado el debate en torno a la separación de poderes y las funciones que debe desempeñar la Suprema Corte en el equilibrio del poder en México.

Por un lado, quienes defienden la postura de la SCJN sostienen que una de sus funciones primordiales es la salvaguardar la Carta Magna, y en ese sentido, tiene la responsabilidad de asegurar que cualquier reforma, incluso una que haya sido aprobada de acuerdo con el proceso establecido, cumpla con los principios fundamentales del Estado de Derecho. Bajo ese entendido, la intervención de la Corte es legítima, ya que no se trata solo de un análisis formal de cómo se aprobaron las reformas, sino de si estas vulneran derechos o principios constitucionales más amplios.

Por otro lado, mucho se critica a la SCJN por su intrusión en un proceso que debería estar fuera de su competencia, dado que el poder constituyente tiene la facultad soberana de modificar la Constitución. En este escenario, la Corte estaría reinterpretando sus funciones, y es precisamente ese contexto, lo que ha motivado la reforma en cuestión y que más se le reprocha: un poder metalegal capaz de frenar reformas que, aunque legales, no coincidan con su visión particular, desde la perspectiva social.

Evidentemente son posturas que cuentan con argumentos y merecen un análisis profundo para comprender sus implicaciones en el equilibrio de poderes. Lo que no se debe permitir es satanizar las posiciones ni menos a las instituciones,pues esto solo contribuye a la polarización. En lugar de ello, el diálogo debe ser fundamental para encontrar soluciones que respeten tanto la legalidad como los principios democráticos que garantizan los derechos de todos los ciudadanos.